2º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCIÓN

CLARA EMILIA TORRES MORA CON FISCO DE CHILE (CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO). ACUMULADA ROL 1471-2020)

Rol

94616-2021

Fecha

7 de enero de 2022

Materia

Civil

Resultado

SE DESECHA DE PLANO RECURSO DE RECUSACIÓN

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que doña Claudia Andrea Rojas Cabrera, abogado, interpone incidente especial de recusación contra el Ministro de la Corte de Apelaciones de Concepción, don Enoc Gutiérrez Garrido. Invoca la causal contenida en el artículo 196 N° 16, del Código Orgánico de Tribunales, señala que el recurrido buscó perjudicarla en forma mientras se desempeñó como funcionaria al interior del Poder Judicial, llevándola incluso hasta una sanción de dos meses de suspensión, lo que produjo que se abriera un proceso penal en su contra, donde fue el Tribunal Oral en Lo Penal de Los Angeles quien finalmente la absolvió. 2° Que más allá de tratarse de la abogado y no la parte, la independencia e imparcialidad de los jueces es una garantía fundamental de todas las personas que recurren a los tribunales de justicia, que constituye una reafirmación de la igualdad ante la ley y de la protección que se le debe en el ejercicio de sus derechos y ante la justicia, aspectos que nuestro ordenamiento constitucional reconoce en diversas disposiciones, en especial en los artículos 5°, 19 Nº 2, 3, 7, 26 y 76 de la Carta Fundamental. De igual modo, se han reconocido estas garantías en diferentes declaraciones y convenciones internacionales ratificadas por nuestro país. Los tribunales nacionales e internacionales han determinado que toda persona, dentro de un debido proceso, corresponde sea juzgada por un tribunal integrado por jueces objetivamente independientes y subjetivamente imparciales, aspecto, este último, que se ha destacado tiene dos vertientes: a).- Concreta, referida a los jueces y a la ausencia de cualquier relación con las partes que afecten su desempeño, la que debe ser verificada mediante la prueba correspondientes; y b).- Abstracta, en que se excluye todo posible cuestionamiento de parcialidad, en donde aspectos objetivos, constituyen antecedentes suficientes que podrían llegar a establecer cualquier legítima duda y, por lo mismo, razonablemente llevan a hace

Texto Completo (Preview)

Santiago, siete de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1° Que doña Claudia Andrea Rojas Cabrera, abogado, interpone incidente especial de recusación contra el Ministro de la Corte de Apelaciones de Concepción, don Enoc Gutiérrez Garrido. Invoca la causal contenida en el artículo 196 N° 16, del Código Orgánico de Tribunales, señala que el recurrido buscó perjudicarla en forma

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