SEPÚLVEDA ROA PABLO CONTRA GENDAMERIA DE CHILE Y OTROS
Rol
94892-2021
Fecha
7 de enero de 2022
Materia
Criminal
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE APELACIÓN
Hechos
Vistos: Primero: Que el artículo 26 incisos 1º y 2º de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, señala que: “Los servicios públicos serán centralizados o descentralizados”. “Los servicios centralizados actuarán bajo la personalidad jurídica y con los bienes y recursos del Fisco y estarán sometidos a la dependencia del Presidente de la República, a través del Ministerio correspondiente”. Segundo: Que, a su vez el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1 del año 1993, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Orgánica del Consejo de Defensa del Estado, establece en su artículo 2º lo siguiente: “El Consejo de Defensa del Estado tiene por objeto, principalmente la defensa judicial de los intereses del Estado”. Por otra parte el artículo 3 de la referida Ley Orgánica indica que “Las funciones del Consejo de Defensa del Estado son, sin perjuicio de las otras que le señalen las leyes, lo siguiente: La defensa del Fisco en todos los juicios y en los actos no contenciosos de cualquier naturaleza, sin perjuicio de la que corresponda, de acuerdo con la ley, a los abogados de otros servicios públicos. Tercero: Que, por estas consideraciones Gendarmería de Chile no tiene facultades para actuar de manera autónoma en la materia que nos convoca y debe hacerlo necesariamente representado por el Consejo de Defensa del Estado. Atendido lo expuesto y normas citadas, se declara inadmisible la apelación deducida por Gendarmería contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción con fecha diez de diciembre de dos mil veintiuno, en el Rol Corte N° 610-2021. A los escritos folios 1344-2022, 1449-2022 y 1450-2022: estese al mérito de lo decidido. Regístrese y devuélvase. Rol N° 94.892-21
Fallo
por estas consideraciones Gendarmería de Chile no tiene facultades para actuar de manera autónoma en la materia que nos convoca y debe hacerlo necesariamente representado por el Consejo de Defensa del Estado. Atendido lo expuesto y normas citadas, se declara inadmisible la apelación deducida por Gendarmería contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción con fecha diez de diciembre de dos mil veintiuno, en el Rol Corte N° 610-2021. A los escritos folios 1344-2022, 1449-2022 y 1450-2022: estese al mérito de lo decidido. Regístrese y devuélvase. Rol N° 94.892-21
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de enero de dos mil veintidós. Vistos: Primero: Que el artículo 26 incisos 1º y 2º de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, señala que: “Los servicios públicos serán centralizados o descentralizados”. “Los servicios centralizados actuarán bajo la personalidad jurídica y con los bienes y recursos del Fisco y estarán sometido
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica