SIN INFORMACION

COMUNICACION Y TELEFONÍA RURAL S.A./DELGADO

Rol

Fecha

22 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que, interpone recurso de protección don Javier Haro Benavides, abogado, en representación de COMUNICACIÓN Y TELEFONIA RURAL S.A., en contra del Sr. Presidente de la República, del Sr. Ministro del Interior y el Sr. Intendente de la Región del Biobio, por las omisiones graves que han incurrido y a fin de que sea restablecido el imperio del derecho. Indica que la sociedad Comunicaciones y telefonía Rural S.A., es una empresa concesionaria del Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provee infraestructura física para telecomunicaciones, habilitada para tal efecto de acuerdo al decreto N° 200 de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, de fecha 20 de noviembre de 2015 para las regiones del Maule, Ñuble, Biobio, Araucanía y Los Lagos. Refiere que su Servicio es de carácter esencial, ya que como su giro lo indica, forma parte de aquellos bienes o servicios que tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio, y que son imprescendibles para la subsistencia, el teletrabajo, la educación a distancia o el funcionamiento, conservación y seguridad de un inmueble. Hace presente, que los trabajadores de la empresa realizan constantes mantenciones y reparaciones en las infraestructuras de telecomunicaciones instaladas a lo largo de las regiones mencionadas. Menciona que con fecha 30 de julio de 2021, en el sector de Tirúa, dos de sus trabajadores fueron abordados por 8 sujetos armados, mientras instalaban una torre contraventada, pidiéndoles que entregaran la camioneta de propiedad de la empresa, huyendo del lugar con dicho vehículo. Agrega, que no hubo detenidos, que se realizó la denuncia ante la Tercera Comisaría de Cañete y los antecedentes fueron remitidos al Ministerio Publico. Posteriormente, se solicitó medida de protección para los trabajadores que debían terminar la obra que quedó inconclusa debido al robo, siendo así que los días 29, 30 de septiembre y 1 de octubre fueron escoltados por Carabineros en vehículos b

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza la acción constitucional interpuesta por Javier Haro Benavides en representación d Comunicación y Telefonía Rural S.A., en contra del Sr. Presidente de la República de Chile, Sr. Ministro del Interior y el Sr. Intendente de la Región del Biobio. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Protección-41831-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de febrero de dos mil veintitrés. A los escritos folios 28, 29, 30 y 31: a todo, téngase presente. Vistos: Primero: Que, interpone recurso de protección don Javier Haro Benavides, abogado, en representación de COMUNICACIÓN Y TELEFONIA RURAL S.A., en contra del Sr. Presidente de la República, del Sr. Ministro del Interior y el Sr. Intendente de la Región del B

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