AGUAS CORDILLERA S.A./CLUB PALESTINO
Rol
85852-2021
Fecha
7 de enero de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en el procedimiento ejecutivo seguido ante el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, caratulado “AGUAS CORDILLERA S.A. / CLUB PALESTINO”, Rol N° C-29306-19, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación el fondo, interpuesto por la parte demandada en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad el día uno de octubre de dos mil veintiuno, que confirmó lo resuelto en primer grado, cuando el día veintiuno de febrero de dos mil veinte se rechazó la objeción a un documento. SEGUNDO: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. TERCERO: Que la resolución impugnada por la vía de la nulidad substancial no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no se trata de una sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su continuación, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el abogado Anuar Gabriel Majluf Issa, en representación de la parte demandada y en contra de la resolución de uno de octubre de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase. Rol N° 85.852-21.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el abogado Anuar Gabriel Majluf Issa, en representación de la parte demandada y en contra de la resolución de uno de octubre de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase. Rol N° 85.852-21.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de enero de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en el procedimiento ejecutivo seguido ante el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, caratulado “AGUAS CORDILLERA S.A. / CLUB PALESTINO”, Rol N° C-29306-19, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación el fondo, interpuesto por la parte demandada en contra de la resolución dictada por la Cor
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