1º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

BANCO DE LESTADO DE CHILE/MORALES

Rol

85900-2021

Fecha

7 de enero de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en el procedimiento ejecutivo seguido ante el Primer Juzgado Civil de Puerto Montt bajo el Rol N° C-5852-19, caratulado “BANCO DEL ESTADO DE CHILE / MORALES” se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, deducido por la parte demandada en contra de lo resuelto por la Corte de Apelaciones de esa ciudad el día siete de octubre de dos mil veintiuno, en cuanto revocó la decisión del a quo de fecha veintitrés de agosto de ese mismo año, cuando acogió la incidencia de abandono de procedimiento y, en su lugar, ésta fue desechada. SEGUNDO: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. TERCERO: Que la resolución impugnada por la vía de la nulidad substancial no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no se trata de una sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su continuación, sino justamente lo contrario, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el abogado Mario Andrés Espinosa “Valderra” (sic), en representación de la parte demandada y en contra de la resolución de siete de octubre de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Regístrese y devuélvase. Rol N° 85.900-21.-

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el abogado Mario Andrés Espinosa “Valderra” (sic), en representación de la parte demandada y en contra de la resolución de siete de octubre de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Regístrese y devuélvase. Rol N° 85.900-21.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, siete de enero de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en el procedimiento ejecutivo seguido ante el Primer Juzgado Civil de Puerto Montt bajo el Rol N° C-5852-19, caratulado “BANCO DEL ESTADO DE CHILE / MORALES” se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, deducido por la parte demandada en contra de lo resuelto por la Corte d

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