BUSTOS / ABARZÚA
Rol
Fecha
22 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece don Dylan Alexis Bustos Rivas, interponiendo recurso de protección en contra de doña Bárbara Amanda Abarzúa Mazuela, por la grave privación y perturbación ilegal y arbitraria de las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N° 1, N° 3 y N° 4 de la Carta Fundamental. Indica que con la recurrida son conocidos por medio de eventos sociales en la región de Valparaíso, la mayoría de ellos en función de su trabajo como fotógrafo y creador de contenido multimedia para distintas marcas y producciones. Durante la mañana del día miércoles 14 de diciembre del año 2022, a través de la red social Instagram, la recurrida realiza una publicación que hasta la fecha de presentación del recurso sigue disponible para ser vista, comentada y compartida por quienes participan del mencionado sitio en internet o aplicaciones móviles. En ella, imputa a su persona, la comisión de uno de los delitos más deleznables que contempla nuestro ordenamiento jurídico, a saber, un abuso sexual contra su persona, presuntamente cometido en la mañana del mismo día 14 de diciembre, cuando ambos, en compañía de al menos dos personas más, compartimos en el domicilio de la recurrida, con ocasión de una invitación que ella misma realizó a un amigo con quien yo compartía en ese minuto, haciéndola manifiestamente extensiva a mi persona. La publicación lo alude directamente, indicando su nombre completo, su actividad profesional actual y fotografías no autorizadas de su persona, así como la dirección de su perfil en la misma red social Instagram, y una captura de pantalla de un extracto de una conversación privada sostenida entre ambos a través de la misma plataforma. La publicación mantiene 175 comentarios y ha sido compartida en numerosos perfiles de otros usuarios de la red social. Asimismo, numerosas personas le han escrito en privado, utilizando el sistema de mensajería del mismo Instagram y otros como Whatsapp, increpando, insultándo y profiriendo amenazas. También
Fundamentos
considerando: Primero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deban tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Segundo: Que el recurrente solicita, mediante la acción cautelar de protección, que se ordene a la recurrida eliminar las publicaciones efectuadas en la Red Social Instagram y abstenerse en lo sucesivo de realizar publicaciones en el tenor de la que motivó el presente recurso, ya que se tratarían de publicación ofensivas y difamatorias, que vulneran su vida privada y honra y con ello las garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 N°1, N° 3 y Nº 4 de la Constitución Política de la República. Tercero: Que del mérito de los antecedentes, de lo informado por la recurrida y de lo señalado en estrados, se advierte que la publicación efectuada en su Red Social Instagram, que funda el presente recurso, ha sido eliminada, en consecuencia se desprende que actualmente que el objetivo del presente recurso se ha cumplido, perdiendo, en consecuencia, oportunidad.
Fallo
Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de protección interpuesta por don Dylan Alexis Bustos Rivas, en contra de doña Bárbara Amanda Abarzúa Mazuela. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección 172377-2022.- En Valparaíso, veintidós de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de febrero de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, comparece don Dylan Alexis Bustos Rivas, interponiendo recurso de protección en contra de doña Bárbara Amanda Abarzúa Mazuela, por la grave privación y perturbación ilegal y arbitraria de las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N° 1, N° 3 y N° 4 de la Carta Fundamental. Indica que con
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