KARLA DAYAN ESTIBALIZ PAINE ONATE C/ ARTURO AGUIRRE GACITUA
Rol
Fecha
22 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: 1°.- Que el artículo 96 del Código Penal establece una norma sustantiva en virtud de la cual la prescripción se suspende desde que el procedimiento se dirige en contra del imputado, y ello ocurre con la denuncia, querella, alguna actividad de investigación del Ministerio Público o con la propia formalización, si ésta es previa a las anteriormente citadas. En consecuencia, lo indicado en la letra a) del artículo 233 del Código Procesal Penal, tan solo da cuenta de uno de los efectos de esa actuación, norma procedimental que no afecta la norma sustantiva contenida en la primera disposición citada, que es de general aplicación. 2°.- Que de lo razonado precedentemente, aparece que no se cumplen en la especie los presupuestos de la prescripción de la acción penal, por lo que la resolución en alzada se ajusta a derecho, sin que ello se altere por haberse comunicado la decisión de no perseverar. Con lo expuesto, disposiciones legales citadas y lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de veintiocho de diciembre de dos mil veintidós, dictada por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, por la cual se rechazó la solicitud de la defensa en orden a declarar el sobreseimiento definitivo de la causa por prescripción de la acción penal. Acordado contra el voto del abogado integrante señor Eduardo Jequier, quien estuvo por revocar la resolución en alzada por cuanto, en su concepto, el artículo 248 inciso final del Código de Procesal Penal, al referirse a la prescripción, incluye el instituto de la suspensión en el entendido que es esta la única interpretación que permite darle una real aplicación al efecto de la decisión de no perseverar del Ministerio Público, en lo que concierne a la prescripción de la acción penal. Comuníquese. Rol Corte: Penal-73-2023 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintidós de febrero de dos mil veintitrés. Sala: Undécima Rol Corte: Penal-73-2023 Ruc: 2010040858-K Rit : O-6751-2020 Juzgado: 9º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora Jessica De Lourdes Gonzalez Troncoso, el Ministro (S) señora Isabel Margarita Zuñiga Alvayay y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuede Relatora: Caroli
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