C.A. de Punta Arenas

/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

94768-2021

Fecha

3 de enero de 2022

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus

Fundamentos

considerandos quinto a séptimo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, elaborado en cumplimiento de la normativa legal aplicable, no resulta suficientemente categórico para demostrar que el amparado no presenta “avances en su proceso de reinserción social” al momento de postular a la libertad condicional, conforme lo expresa claramente el Decreto Ley N° 321, en el texto actual de su artículo 2 N° 3, apareciendo de manifiesto que respecto del recurrente se reúnen los requisitos exigidos por el antes citado cuerpo normativo para la concesión de libertad condicional. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de siete de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, en el Ingreso Corte N° 153-2021 y, en su lugar,

Fallo

se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de Miguel Angel Muñoz Huili, dejándose sin efecto la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional reunida en octubre de dos mil veintiuno, y se le reconoce el derecho a la libertad condicional impetrado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Biel, quien fue del parecer de confirmar la sentencia apelada, en virtud de sus propios fundamentos. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Mera, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada, teniendo para ello presente que, en concepto del disidente, la acción de amparo no resulta idónea para revisar el mérito de lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional en tanto su decisión cumpla con los requisitos establecidos en el DL 321 y su reglamento. Comuníquese de inmediato por la vía más expedita, regístrese y devuélvase. Sin perjuicio, ofíciese. Rol N° 94.768-2021

Texto Completo (Preview)

Santiago, tres de enero de dos mil veintidós. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus considerandos quinto a séptimo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, elaborado en cumplimiento de la normativa legal aplicable, no resulta suficientemente categórico para demostrar que el amparado no presenta “ava

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica