SARELA BUENO ENCINA CON ELENA ESCOBAR SALAZAR
Rol
Fecha
20 de febrero de 2023
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de trece de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto en causa Rol C-6989-2021. Acordado con el voto en contra del abogado integrante Sr. Ferrada, quien estuvo por acoger el recurso de apelación y revocar la resolución impugnada, en atención a que en la apelación deducida en contra de la sentencia definitiva por la parte demandada, no se revocó el patrocinio por ella constituido al momento de comparecer al juicio. De esta forma, se debe entender que permaneció vigente el patrocinio y el domicilio originales. Al contrario, sí produjo plenos efectos la nueva designación de mandatario judicial, la que no requiere la designación de un domicilio para ser eficaz, de conformidad a los artículos 2 de la Ley 18.120, 6 y 49 del Código de Procedimiento Civil. Adicionalmente, en esta nueva designación de mandatario judicial se cumplió con el señalamiento de un medio electrónico de notificación, con acuerdo al artículo 49 ya referido. Luego, pasa a ser indiferente si en la nueva configuración de poderes efectuada por la demandada fue o no eficaz la constitución del nuevo patrocinio. Así las cosas, se estima que se cumplía a cabalidad con las normas de comparecencia en juicio al momento de impugnar la sentencia definitiva, de modo que era procedente proveer el recurso de apelación deducido derechamente. Devuélvase. N° Civil-2051-2022
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinte de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de trece de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto en causa Rol C-6989-2021. Acordado con el voto en
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