SIN INFORMACION

MORA/VARGAS

Rol

Fecha

20 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: 1° Que comparecen doña Gabriela Lucia Quijada Contreras y Jorge Andrés Garrido Navarro, abogados, en representación de don Eduardo César Mora González, don Jason Apolo Mora González, doña Susana Soledad Mora González y de doña Salomé del Carmen Mora González quienes interponen recurso de protección en contra de doña Gilda Elena Vargas Mac Carte y en contra de don Rodolfo Antonio Vargas Pincheira, por el acto ilegal y arbitrario consistentes en amenazas de destrucciones de cercos, conculcando con ello las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, solicitando que se declare que han incurrido en un acto arbitrario e ilegal, que lesiona las garantías constitucionales que se denuncian como afectadas y que, por consiguiente, se adopten de inmediato las providencias necesarias para permitir el pronto restablecimiento del derecho conculcado, ordenando que los recurridos deban abstenerse de ejecutar cualquier otro acto que prive, perturbe, o amenace el derecho de dominio que le asiste, con costas. Exponen que sus representados son dueños de acciones y derechos que recaen sobre el inmueble rural ubicado en la comuna de Quillón, sector Piedra Alta, sin número, Chillancito, denominado lote A, cuyo plano se encuentra agregado al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Bulnes bajo el número 134, del año 2000. Dicho Lote A, tendría una superficie de 0,50 hectáreas, con los deslindes que individualizan en su escrito, rol de Avalúo 1091-436, de la comuna de Quillón. Agregan que en su conjunto representan el cien por ciento de los derechos y acciones que recaen sobre el inmueble señalado, y que don Eduardo César Mora González, adquirió acciones y derechos por compraventa a doña Pedrita Ruth González González, la cual se encuentra inscrita a fojas 3251, número 2423 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Bulnes correspondiente al año 2022. Salomé Del Carmen Mor

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por los recurrentes, Eduardo César Mora González, Jason Apolo Mora González, Susana Soledad Mora González, y Salomé del Carmen Mora González, en contra de Gilda Elena Vargas Mac Carte y don Rodolfo Antonio Vargas Pincheira. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo del Ministro Guillermo Arcos Salinas. No firma la ministra señora Gallardo, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente en cometido funcionario. Rol N°5546–2022 PROTECCIÓN

Texto Completo (Preview)

Chillán, veinte de febrero de dos mil veintitrés. VISTO: 1° Que comparecen doña Gabriela Lucia Quijada Contreras y Jorge Andrés Garrido Navarro, abogados, en representación de don Eduardo César Mora González, don Jason Apolo Mora González, doña Susana Soledad Mora González y de doña Salomé del Carmen Mora González quienes interponen recurso de protección en contra de doña Gilda Elena Vargas Mac C

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