15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

TAPIA/POBLETE - (CASACION Y APELACION)

Rol

Fecha

20 de febrero de 2023

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

RECHAZA CASACIÓN Y REVOCADA

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Hechos

Vistos En estos autos Rol N° 14389-2018, seguidos ante el Décimo Quinto Juzgado Civil de esta ciudad, procedimiento ordinario sobre declaración de prescripción, la parte demandante, dedujo recurso de casación en la forma y apelación, en contra de la sentencia definitiva de veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve, que rechazó la demanda. Se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

Considerando: I) En lo relativo a la casación en la forma Primero: Que el presente arbitrio de nulidad formal, que sustenta en dos causales, por un lado, la del numeral 7 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, contener considerandos contradictorios entre sí y por otra lado, la del numeral 5 del artículo 768 del Código antes citado, indicando que el

Fallo

fallo aludido no cumple con la exigencia que contempla en artículo 170 Nº 4 del cuerpo legal aludido, al establecer la ineptitud del demandante para obtener un pronunciamiento favorable sin indicar el sustento de dicha determinación. Segundo: Que en su recurso, desarrolla en primer lugar, la causal del artículo 768 Nº 7 del estatuto legal pertinente, señalando que se constata que la sentencia recurrida carece de un desarrollo lógico adecuado para arribar a la decisión del asunto controvertido, toda vez que obtiene conclusiones contradictorias respecto a los razonamientos que el mismo tribunal determina como bases para su determinación, infringiendo con ello la norma legal citada. En particular, este vicio se configura al establecer la ineptitud del demandante para obtener un pronunciamiento favorable y, al mismo tiempo, reconocer su calidad de heredero respecto del comprador del inmueble embargado. Tercero: Que conforme el motivo de nulidad en análisis, procede en el evento que la sentencia impugnada contenga “decisiones contradictorias”, y no en el caso que existan considerandos contradictorios, que es lo que el recurrente en estricto rigor propone como fundamento de este extremo de su recurso, de modo que yerra en proponer la presente causal para el defecto que invoca, lo que excede sus márgenes, por lo que, la causal de casación en la forma analizada, debe ser desestimada. Cuarto: Que en lo concerniente a la causal del numeral 5 del artículo 768 del Código de Procedimie

Texto Completo (Preview)

Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don David Saldías por los recursos. Santiago, 20 de febrero de 2023. Santiago, veinte de febrero de dos mil veintitrés. A los escritos folios N°s12, 13 y 14: Téngase presente. Vistos En estos autos Rol N° 14389-2018, seguidos ante el Décimo Quinto Juzgado Civil de esta ciudad, procedimiento ordinario sobre declaración de prescripción, la part

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