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CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN - CORFO/34° JUZGADO DEL CRIMEN DE SANTIAGO (EX 2° JUZGADO DEL CRIMEN DE SANTIAGO) PARALIZADA CAUSA CRI-5722-2022.

Rol

Fecha

20 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el abogado don Ignacio Vargas Mesa, en representación de Corporación de Fomento de la Producción, CORFO, querellante y demandante civil en relación con los autos seguidos contra Javier Moya C. y otros, por delitos de Malversación de caudales públicos y otros, Rol Número 176.739-2004, del ex 2° Juzgado del Crimen de Santiago, cuaderno de cumplimiento, tramitándose ante el 34° Juzgado del Crimen de esta ciudad, conforme lo dispuesto por el artículo 60 del Código de Procedimiento Penal y artículos 194 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada con fecha 15 de diciembre de 2022, por el Sr. Juez del 34° Juzgado del Crimen de Santiago, notificada por estado diario con la misma fecha, y mediante la cual se concedió en ambos efectos el recurso de apelación deducido por BBVA Corredores de Bolsa en contra de la resolución de fecha 9 de diciembre de 2022 que resolvió un incidente de objeción a la regulación de las costas personales, formulado por BBVA Corredores de Bolsa, a fin de que esta Corte, conociendo de este recurso, la modifique y conceda el recurso de apelación en el sólo efecto devolutivo, dando a la misma la tramitación que corresponda. Alega que el referido recurso de apelación debió concederse en el sólo efecto devolutivo, porque en principio, y conforme lo dispuesto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Penal, los recursos de apelación deben concederse en ambos efectos, salvo que la ley disponga expresamente lo contrario para casos determinados. Arguye que, conforme lo dispuesto en el artículo 43 del mismo Código, son aplicables al procedimiento penal, las normas contenidas en el Libro I del Código de Procedimiento Civil, en cuanto no se opongan a lo establecido en el referido Código de Procedimiento Penal y/o en leyes especiales. Refiere que según el número 3º del artículo 194 del Código de Procedimiento Civil, tratándose en la especie, de una reso

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 43, 60, y 62 del Código de Procedimiento Penal, y 194 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el recurso de hecho deducido por el abogado don Ignacio Vargas Mesa, en representación de la Corporación de Fomento de la Producción, CORFO, querellante y demandante civil, y en consecuencia se concede el recurso de apelación en el sólo efecto devolutivo, deducido a fojas 1404 y siguientes, por los representantes de la tercero civilmente responsable BBVA Corredora de Bolsa Limitada, en contra de la resolución que rola a fojas 1393 y siguientes, dictada el día nueve de diciembre del año dos mil veintidós, por el Juez Interino del Trigésimo Cuarto Juzgado del Crimen de Santiago, don Edgardo Gutiérrez Basualto, en causa Rol Número 176.739-2004, que rechazó la objeción a la regulación de costas personales. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Penal-5784-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el abogado don Ignacio Vargas Mesa, en representación de Corporación de Fomento de la Producción, CORFO, querellante y demandante civil en relación con los autos seguidos contra Javier Moya C. y otros, por delitos de Malversación de caudales públicos y otros, Rol Número 176.739-2004, del e

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