SIN INFORMACION

PAUL MARINESE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

20 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, domiciliado en Magdalena N°140, oficina 1801, comuna de Las Condes, para interponer acción constitucional de protección en favor del ciudadano haitiano Heli Paul Marinese, trabajador, domiciliado en calle Los Gomeros N°824, comuna de El Bosque, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director, señor Luis Eduardo Thayer Correa, ambos con domicilio en San Antonio N°580, piso 3, Región Metropolitana, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto su solicitud de permanencia definitiva. Indica que el 15 de abril de 2021, Paul Marinese presentó una solicitud de ampliación de su solicitud de permanencia definitiva que N°9013553, según consta en Folio de Ampliación N°13763636, sin que hasta la fecha de interposición de este recurso exista pronunciamiento de fondo de parte de la autoridad recurrida, lo que lo mantiene en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que se encuentra dentro de plazo para recurrir de protección ya que la omisión de pronunciamiento, objeto del recurso, reviste el carácter de permanente. Asimismo, sostiene que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta, constituye una ilegalidad que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide, que se acoja el recurso de protección y se le ordene a la recurrida otorgar a la brevedad el acto administrativo terminal referente a la residencia definitiva del actor. Segundo: Que evacuan el informe respectivo los abogad

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Paul Marinese, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°29103-2022 Protección PAGE 2

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinte de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, domiciliado en Magdalena N°140, oficina 1801, comuna de Las Condes, para interponer acción constitucional de protección en favor del ciudadano haitiano Heli Paul Marinese, trabajador, domiciliado en calle Los Gomeros N°824, comuna de El Bosque, en contra del Ser

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