JUZGADO DE GARANTIA DE COQUIMBO

C/ CARLOS ALBERTO GONZALEZ PEREZ. DTE. M.P

Rol

Fecha

18 de febrero de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS:

Fundamentos

Considerando estos sentenciadores que los elementos de convicción esgrimidos por el Ministerio Público en audiencia resultan suficientes tanto para justificar la existencia de los delitos como para presumir fundadamente la participación del imputado en estos, y estimando que el nuevo antecedente levantado por la defensa no logra desvirtuar la conclusión antes expuesta ni permite sostener que actualmente no se verifique el peligro para la seguridad de la sociedad que se tuvo a la vista al disponer la medida de prisión preventiva, el cual deriva del número de delitos por los cuales se ha formalizado investigación, su entidad y carácter, y la pena asignada por la ley a los mismos, la resolución en alzada deberá ser confirmada manteniéndose la causal que sustenta la medida cautelar originalmente tenida por concurrente.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diecisiete de febrero de dos mil veintitrés dictada por el Juzgado de Garantía de Coquimbo, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Carlos Alberto González Pérez, con declaración que la medida se mantiene por ser la libertad del encartado peligrosa para la seguridad de la sociedad. Se previene que la Ministra (I) Sra. Sandoval estuvo por confirmar la resolución en alzada sin alterar su fundamento, en atención a que la apelación fue interpuesta por el imputado -quien solicitó la revocación- de manera que esta Corte no se encontraría facultada para revisar por vía de ese recurso la causal que sustenta la mantención de la medida cautelar de prisión preventiva. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (I) señor Eduardo Silva Jerez. Devuélvase vía interconexión. Rol N°119-2023 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, dieciocho de febrero de dos mil veintitrés. Siendo las 10:42 horas, ante la Sala Única de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro señor Ivan Corona Albornoz, e integrada por la Ministra (I) señora Marcela Sandoval Durán y el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra

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