LUIS EDUARDO ECHEVERRIA BUSTOS CON FISCO (CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO)
Rol
Fecha
17 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en revisión excepto los
Fundamentos
motivos 3° y 4° los que se eliminan y se tiene en su lugar, además, presente: Que sólo se ha demandado al Consejo de Defensa del Estado cuyo representante judicial y extrajudicial es su presidente, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de su Ley Orgánica Constitucional, de manera que el demandado debe ser emplazado a través de dicho representante y no del abogado procurador fiscal de Concepción como se ha propuesto en el libelo pretensor, de manera tal que en estas condiciones debe ser corregido ese vicio de procedimiento que no afecta el fondo de la acción deducida.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además a lo dispuesto en los 160, 171, 186 y 307 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de treinta de junio pasado, dictada por el Primer Juzgado Civil de Concepción, que rechazó la excepción dilatoria de corrección del procedimiento y en consecuencia, se acoge dicha excepción, todo lo anterior sin costas. Devuélvase. N°Civil-2308-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CCP/mfmm Concepción, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia en revisión excepto los motivos 3° y 4° los que se eliminan y se tiene en su lugar, además, presente: Que sólo se ha demandado al Consejo de Defensa del Estado cuyo representante judicial y extrajudicial es su presidente, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de su Ley Orgánic
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