C.A. de Santiago

SANCHEZ PINCAY ALEXANDER VITALINO CONTRA DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA

Rol

93912-2021

Fecha

30 de diciembre de 2021

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproducen los

Fundamentos

motivos primero a sexto de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que si bien lo decretado en contra de la parte recurrente no es la expulsión del territorio nacional, sino sólo su abandono, ambas medidas en definitiva acarrean, compulsiva o voluntariamente, el mismo resultado, esto es, la separación de aquélla de su núcleo familiar radicado en Chile. 2°) Que, por otra parte, la autoridad recurrida no ha expresado motivos que avalen razonablemente la resolución que deniega la petición de regularización de la que se deriva la orden de abandono con los graves corolarios ya mencionados y, para evitar que éstos se concreten, se dejará sin efecto esa resolución a fin de que se estudien y ponderen los antecedentes de arraigo social y familiar actual de la amparada y, en definitiva, se adopte una resolución fundada que dirima el respectivo procedimiento administrativo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia apelada de treinta de noviembre dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 5.362-2021 y en su lugar, se decide que se acoge el recurso de amparo deducido en favor del ciudadano ecuatoriano Alexander Vitalino Sánchez Pincay, dejándose sin efecto la Resolución Exenta N° 21180100, de 13 de octubre de 2021, del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que deniega la solicitud de regularización migratoria de la recurrente y le ordena hacer abandono del territorio nacional, debiendo resolver la petición de la actora conforme la vía que le resulte más favorable. Comuníquese inmediatamente lo resuelto, regístrese y devuélvase. Rol N° 93.912-2021.

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de diciembre de dos mil veintiuno. A los escritos folios 175062-2021 y 175065-2021: téngase presente. Vistos: Se reproducen los motivos primero a sexto de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que si bien lo decretado en contra de la parte recurrente no es la expulsión del territorio nacional, sino sólo su abandono, amba

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