27º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO SECURITY/COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA CONDE VICENTE GUILLERMO TERCERO VIVEROS VALDÉS EIRL

Rol

Fecha

21 de febrero de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el siete de enero de del año en curso (folio N°6, cuaderno incidente nulidad de lo obrado), en contra de la resolución de cuatro de enero del mismo año (folio N°5). Devuélvase. N°Civil-1305-2023.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el siete de enero de del año en curso (folio N°6, cuaderno incidente nulidad de lo obrado), en contra de la resolución de cuatro de enero del mismo año (folio N°5). Devuélvase. N°Civil-1305-2023.

Texto Completo (Preview)

iob C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veintiuno de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Cód

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