C/ JUAN SEBASTIAN VIDELA RIVEROS. DTE. M.P.
Rol
Fecha
17 de febrero de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
La Serena, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. Siendo las 10:03 horas ante la Sala Única de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz e integrada por la Ministra interina señora Marcela Sandoval Durán y el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra de la resolución dictada en audiencia de fecha trece de febrero de dos mil veintitrés, por el Juez (s) del Juzgado de Garantía de Coquimbo don Felipe Pizarro Ávalos, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado por un delito de robo con violencia. Asiste a la audiencia, que queda registrada íntegramente en sistema de audio, por la defensa el abogado don Rodrigo Barrera, quien se anuncia y alega por 15 minutos, revocando y por el Ministerio Público la abogada doña María Eugenia Bustos, quien se anuncia y alega por 15 minutos, solicitando se confirme la resolución recurrida. Concluido el debate se suspende la audiencia. La resolución será notificada por correo electrónico. VISTOS;
Fundamentos
Considerando el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrados, concluye esta Corte que en el presente caso existen antecedentes que justifican la existencia del delito y permiten además presumir fundadamente la participación del imputado en el mismo, concurriendo los elementos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y compartiendo la apreciación del juez a quo en cuanto estimó que la libertad del encartado es un peligro para la seguridad de la sociedad dada la naturaleza del delito por el cual se formalizó la investigación y la pena asignada a este por la ley, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del día trece de febrero de dos mil veintitrés, que decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado de autos Juan Sebastián Videla Riveros, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (I) don Eduardo Silva Jerez. Devuélvase vía interconexión. Rol N°115-2023 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. Siendo las 10:03 horas ante la Sala Única de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz e integrada por la Ministra interina señora Marcela Sandoval Durán y el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defens
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