FERNANDEZ LOPEZ FELIPE ANDRES/GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
17 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Renato Humberto García Ayala recurre de amparo en favor de Felipe Fernández López, indicando que en causa Rit 3787-2015, 3l día 28 de octubre de 2022, el Juzgado de Garantía de Melipilla, ordenó, por resolución del Tribunal, abonar 6 meses al cumplimiento de la condena del recurrente, mencionando que el cumplimiento de su sentencia quedaría para el día 22 de diciembre de 2022. Agrega, que la sección de estadísticas de Gendarmería de Chile se niega a dar libertad y cumplimento de la condena, antes referida, desconociendo lo resuelto y postergando la libertad. Citando las garantías que considera conculcadas N° 3 y 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, pide se acoja el presente recurso de amparo, restableciendo el imperio del derecho, ordenando a Gendarmería de Chile la inmediata libertad del amparado. Segundo: Que, evacuando informe Gendarmería de Chile, menciona que el amparado fue condenado por el Juzgado de Garantía de Melipilla, por el delito de saldo de pena, en causa Ruc 1501229877-0. Agrega que es un interno de alto compromiso delictual, registrando un puntaje de 142,5, y registra como fecha de cumplimiento de condena el 20 de junio de 2023. Respecto a la postulación de rebaja de condena, indica que fue requerido de informe a la unidad penal de Santiago Sur, quién les señaló que con fecha 15 y 16 de noviembre de 2022, se efectuó la sesión del período ordinario de calificación de la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena, la cual acordó por unanimidad excluirlo, por haber incumplido las condiciones impuesta durante el Régimen de Libertad Condicional, por Resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, el 19 de marzo de 2022, configurando la causal prevista en la letra b) del artículo 17 de la ley N° 19.856. Concluyen que atendido del mérito de lo reclamado, Gendarmería de Chile ha obrado conforme lo exige la ley N° 19.856 y su Reglamento, poniendo los antecede
Fallo
Por estas consideraciones, y de acuerdo, también con lo preceptuado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso interpuesto a favor de Felipe Fernández López. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-328-2023. Pronunciada por la Tercera Sala, presidida por el Ministro (P) señor Mario Rojas González, integrada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Renato Humberto García Ayala recurre de amparo en favor de Felipe Fernández López, indicando que en causa Rit 3787-2015, 3l día 28 de octubre de 2022, el Juzgado de Garantía de Melipilla, ordenó, por resolución del Tribunal, abonar 6 meses al cumplimiento de la co
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