JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CARAHUE

PATRICIO ELVIS CACERES ZUNIGA C/ MANUEL SEGUNDO PAREDES FLORES

Rol

Fecha

17 de febrero de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, por unanimidad de los integrantes de esta Sala, compartiendo los argumentos señalados por la Jueza A Quo en la resolución en alzada, SE CONFIRMA la resolución de fecha once de febrero del año dos mil veintitrés, CON DECLARACIÓN que se impone respecto del imputado Manuel Segundo Paredes Flores, la medida cautelar contemplada en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, en su modalidad de arresto domiciliario total, por estimar que dicha cautelar garantiza de manera más adecuada los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad, manteniéndose, además, la cautelar contemplada en la letra g) de la norma citada precedentemente. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-156-2023.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. Al escrito folio N° 4: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. Al escrito folio N° 5: Téngase presente. Al escrito folio N° 6: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, por unanimidad de los integrantes de es

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica