SIN INFORMACION

MEDEL TAPIA, ANGEL ANDRES/GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

17 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que, según se colige de lo establecido en los artículos 21 de la Carta Fundamental y 7.6 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la acción constitucional de amparo tiene como finalidad esencial controlar la “legalidad” de eventuales afectaciones o amenazas a la libertad personal y seguridad individual, en términos de verificar que, de mediar, se ajusten a la Constitución y a las leyes. 2°) Que, de los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, al no vulnerar o amenazar la libertad personal y la seguridad individual, entendida esta última como la garantía de que la libertad no puede ser afectada sino en los casos y en las formas previstas en la Constitución y en la ley. 3°) Que, asimismo, de lo señalado se advierte que los mismos hechos se encuentran sometidos al imperio del derecho y sujetos al conocimiento del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, motivo por el cual la acción de amparo intentada no puede ser admitida a tramitación. Por estas consideraciones, y lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N° Amparo-358-2023.mst

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N° Amparo-358-2023.mst

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. Al folio N° 1: aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, según se colige de lo establecido en los artículos 21 de la Carta Fundamental y 7.6 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la acción constitucional de amparo tiene como finalidad esencial controlar la “legalidad” de eventuales afectaci

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