JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE QUIRIHUE

MINISTERIO PUBLICO C/ HECTOR JOAQUIN MONTECINOS RAMIREZ

Rol

Fecha

17 de febrero de 2023

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1°.- Que, se ha cuestionado por la Defensa los presupuestos materiales de la medida cautelar en relación con los delitos formalizados al imputado Héctor Montecinos Ramírez, especialmente respecto de aquellos constitutivos de robo en lugar habitado. Asimismo, estima que la necesidad de cautela se puede garantizar con otras medidas. 2°.- Que, sin embargo, con los antecedentes recabados por el Ministerio Público y bajo el estándar exigible en esta etapa procesal, se tienen por concurrentes los indicios sobre la existencia de los delitos y las presunciones fundadas de participación del encartado, teniendo presente las declaraciones de la víctima y los funcionarios de carabineros que llevan a cabo su detención flagrante, los que dan cuenta de los elementos de los delitos formalizados. 3°.- Que, la necesidad de cautela se encuentra respaldada por la multiplicidad de ilícitos formalizados, las penas asignadas a ellos y los antecedentes penales del imputado, lo que lleva a estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, cuya cautela solo puede ser resguardada mediante la prisión preventiva impuesta. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de nueve de febrero del año en curso, que dispuso la prisión preventiva de Héctor Montecinos Ramírez. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N°Penal-65-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de nueve de febrero del año en curso, que dispuso la prisión preventiva de Héctor Montecinos Ramírez. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N°Penal-65-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Cip/rps Chillán, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: 1°.- Que, se ha cuestionado por la Defensa los presupuestos materiales de la medida cautelar en relación con los delitos formalizados al imputado Héctor Montecinos Ramírez, especialmente respecto de aquellos constitutivos de robo en lugar habitado. Asimismo, estima que la necesidad de cautela se puede garantizar

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