JUZGADO DE LETRAS DE DIEGO DE ALMAGRO

CASTILLO/CODELCO CHILE

Rol

Fecha

17 de febrero de 2023

Materia

OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

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Hechos

VISTOS: Previa corrección de la localidad, relativa al lugar en que se dictó el libelo, en que erróneamente se indica “Copiapó” debiendo decir “Diego de Almagro” y reemplazando en el numeral 1, de la parte expositiva, en su línea quinta, los apellidos “Aguirre Valenzuela “por el de “Castillo González”. Se reproduce la sentencia anulada, previa eliminación de los

Fundamentos

motivos décimo tercero, décimo cuarto y décimo séptimo y se tiene además presente lo expuesto en el

Fallo

fallo anulatorio, en lo referente a la determinación del monto del daño moral como de la improcedencia de indemnizar por lucro cesante. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que resulta necesario, al haberse eliminado el motivo décimo tercero, hacer algunas consideraciones respecto a la determinación del daño moral, cuyo monto esta Corte en forma prudencial determinará en una suma dineraria según se dirá. Sabido es que la regulación del daño moral es un asunto sobre el cual no existen reglas exactas tanto en lo civil como en lo laboral, puesto que se carece de valores numéricos exactos y precisos, quedando al tribunal la tarea de determinar en forma concreta ese monto por daño moral. En ayuda de ello, no podemos soslayar que la responsabilidad civil en nuestro ordenamiento jurídico se basa en la existencia del daño, por lo cual, se busca en restituir a la víctima al estado en que se encontraba antes de la generación del mismo. En el caso de daños extra patrimoniales, como es el de autos, la indemnización busca ser una forma de sustituir el deterioro que sufre la víctima por el daño, el que naturalmente no puede ser reparado, solamente compensado a fin que se procure, en base al dinero, otros gozos que, en cierta medida, se opongan a los sufrimientos que experimenta. Cabe consignar, que de acuerdo a lo expuesto por la perito psicóloga, quien señaló en juicio, que es posible señalar la presencia de elementos que dan cuenta de daño moral a nivel psicológico en Sr. Wilfredo Castillo Gonzál

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DE REEMPLAZO ROL CORTE LABORAL-COBRANZA N° 214-2022. C.A de Copiapó Copiapó, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Previa corrección de la localidad, relativa al lugar en que se dictó el libelo, en que erróneamente se indica “Copiapó” debiendo decir “Diego de Almagro” y reemplazando en el numeral 1, de la parte expositiva, en su línea quinta, los apellidos “Aguirre Valen

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