SIN INFORMACION

LENA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

17 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Jonas Aristil, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de visa definitiva presentada en enero de 2020. Estima que se está vulnerando el artículo 19 Nº2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 19.880. Solicita en definitiva, se acoja el presente recurso, ordenando que se le entregue una inmediata respuesta a su solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho y conceder el remedio solicitado. A folio 13, rola informe del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, ya que la acción de protección ha perdido oportunidad y eficacia al haberse pronunciado el Servicio respecto de la solicitud del recurrente. Señala que, mediante Resolución Exenta N° 22222371, de fecha 31 de mayo de 2022, se acogió la solicitud del recurrente, en efecto, otorgó la permanencia definitiva en el país y que ya fue notificada al correo electrónico que señaló al momento de su postulación. Concluye señalando que, a consecuencia de lo anteriormente señalado, habiendo sido comunicado al extranjero lo resuelto, es que entiende dicha autoridad que no existe actualmente un acto u omisión que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Acompaña copia de la mencionada resolución. Atendido el mérito de autos, se trajeron estos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, evacuando el informe solicitado, la recurrida señala que mediante Resolución Exenta N° 22222371, de fecha 31 de mayo de 2022 4, se pronunció sobre la solicitud del recurrente, otorgándole la visa de residencia definitiva, siéndole notificada al correo electrónico que señaló al momento de su postulación. Segundo: Que, conforme con lo señalado precedentemente, habiéndose acreditado que la autoridad recurrida emitió el acto administrativo cuya omisión motivó la interposición del presente arbitrio, la acción planteada por el actor carece de oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Jonas Aristil, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese, y archívese, en su oportunidad. N°Protección-172327-2022. En Valparaíso, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Jonas Aristil, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de visa definitiva presentada en enero de 2020. Estima que se está vulnerando el artículo 19

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