PEÑA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
17 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección, en favor de Verónica Carolina Peña Flores, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de regularización migratoria, presentada con fecha 27 de julio de 2021. Indica que, a la fecha, aún no obtiene respuesta final al acto administrativo, estimando que se está vulnerando el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Solicita se le entregue una inmediata respuesta y que se adopten las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. A folio 4, se informa por el Servicio Nacional de Migraciones, que mediante Resolución Exenta N° 22286909 de fecha 8 de julio de 2022, se regularizo la permanencia definitiva en el país de la extranjera y se le otorgó una visación de residencia temporaria, por el periodo de 01 año, en condición de titular. El citado extranjero deberá descargar su Estampado Electrónico en la página de trámites de Extranjería. A folio 5, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho, dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida en el pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente. Segundo: Que la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, puesto que la referida solicitud se encuentra resuelta, mediante Resolución Exenta N° 22286909, de fecha 8 de julio de 2022. Tercero: Que, teniendo presente lo informado por la recurrida y, especialmente, el contenido de la Resolución Exenta N°22286909, de fecha 8 de julio de 2022, acompañada a folio N° 4, se da cuenta que se le otorgó a la actora la visa de residencia temporal por el plazo de un año, razón por la cual esta Corte no puede disponer de medida alguna para restablecer el imperio del derecho, atendida la decisión final adoptada por el Servicio recurrido, habiendo,
Fallo
por tanto, perdido oportunidad la presente acción constitucional. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Verónica Carolina Peña Flores, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-456-2023.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección, en favor de Verónica Carolina Peña Flores, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de regularización migratoria, presentada con fecha 27 de julio de 2021.
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica