IMPUTADO: CRISTIAN MIGUEL TARDON SEPULVEDA. QUERELLANTE: DARVIS JESUS GOMEZ VILORIA
Rol
Fecha
17 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, en lo concerniente al cumplimiento de la pena impuesta y se tiene además, presente: PRIMERO: Que, la defensa de Cristian Tardón Sepúlveda ha interpuesto recurso de apelación en contra de la sentencia dictada el catorce de octubre pasado, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, que lo condenó a la pena de dos años de presidio menor en su grado medio, a las accesorias legales y a pagar una multa, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de estafa, que afectó a David Gómez Viloria, cometido en Talcahuano, entre los días 13 a 15 de abril de 2021, previsto y sancionado en el artículo 468 en relación con el artículo 467 N°1 ambos del Código Penal, respecto de aquella parte que denegó concederle la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena. Hace presente el apelante, que en la audiencia sobre determinación de la pena solicitó se le concediera la remisión condicional, porque a su juicio reúne las exigencias previstas en el artículo 4° de la Ley 18.216, refiere que en la misma oportunidad el Ministerio Público no reconoció en favor del sentenciado la atenuante prevista en el artículo 11 N°6 del Código Penal, su irreprochable conducta anterior, no obstante que a la fecha de comisión del delito de estafa no registraba condenas previas; se indicó, que tenía un proceso vigente RIT 1.031-2018 del Juzgado de Garantía de Tomé en la que habría sido condenado a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio como autor de robo con intimidación en grado de frustrado. Sostiene el recurrente que pidió se le reconociera en este proceso la circunstancia contemplada en el artículo 11 N°6 del Código Penal puesto que a la fecha de comisión del delito de estafa carecía de anotaciones prontuariales, y solicitó se le concediera la remisión condicional, acompañando al efecto, un informe social. Sin embargo, el tribunal para resolver dicha petición tuvo a la vista el extracto de filiación y an
Fundamentos
considerando se dejó establecido, “Oficio. Se ordenó oficiar al Centro de Reinserción Social de Gendarmería, para que informe la situación de cumplimiento de las penas sustitutivas otorgadas al acusado”. A continuación, en el fundamento undécimo del fallo, relativo a las decisiones del tribunal, los sentenciadores dejaron establecido que, “Si bien el extracto de filiación y antecedentes del acusado registra la anotación de tres condenas previas, todas estas son de fecha posterior a los hechos que motivaron la presente causa, razón por la cual favorece al acusado la atenuante de irreprochable conducta anterior. A su vez, el Tribunal estima que la comparecencia del acusado a dependencias de la PDI de Concepción es insuficiente para considerar que lo favorece la atenuante contemplada en el artículo 11 N ° 9 del Código Penal, puesto que sus dichos -reproducidos en la audiencia por el testigo Sebastián Zapata Monsalve-, carecieron de sustancialidad para el esclarecimiento de los hechos”. Y agregan los jueces, “En consecuencia, dado que al acusado lo favorece solamente la atenuante contemplada en el artículo 11 N ° 6 del Código punitivo, sin que lo perjudiquen agravantes y siendo la pena asignada al delito aquella de presidio menor en sus grados medios a máximo y multa de 11 a 15 UTM, se le aplicará las sanciones temporal y pecuniaria en sus tramos mínimos, según se dirá en la parte resolutiva de este fallo.” (…) Igualmente en el fundamento duodécimo, los jueces resolvieron acerca del cumplimiento temporal en los siguientes términos: “Sobre la solicitud de la Defensa de que la pena temporal se cumpliera en la modalidad sustitutiva de remisión condicional, esa parte acompañó un Informe Social Económico del acusado, elaborado el 12 de julio de 2022 por la Asistente Social Ana María Arenas Pizarro, cuyas conclusiones señalan que Cristian Miguel Tardón Sepúlveda tiene 29 años de edad, con cuarto año medio rendido, que ha trabajado en labores de construcción, es soltero con un hijo de 7 años, por el que paga pensión de alimentos”. “En cuanto al arraigo familiar y social, presenta vínculo estrecho y afectivo con su familia, sus padres con quienes reside y su nueva pareja. Con su hijo presenta vínculo afectivo y económico, reside en el norte. Tiene arraigo social laboral, ya que mantiene labores de construcción para su manutención y cubrir las necesidades de su familia y de su hijo, a quien paga alimentos. Se señala que sus redes familiares, sociales, laborales, educacionales y de salud, servirán de suficiente soporte de cualquier intervención para su reinserción social, así como su adherencia y permanencia en cualquier programa de actividades y de supervisión dedicado a ello”. Y refiriéndose a los antecedentes pretéritos del acusado, determinan: “Además, cabe señalar que el extracto de filiación y antecedentes del acusado registra las siguientes condenas: a) Autor de robo con intimidación en grado de frustrado. Condenado el 14 de abril de 2022 por el Juzgado
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, 5 y 37 de la Ley 18.216 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en lo apelado, la sentencia dictada el catorce de octubre de dos mil veintidós, por el Tribunal de Juicio Oral de Concepción, en los autos RIT 225 -2022 RUC 2100397075-K. Acordada con el voto en contra del Ministro don Rodrigo Cerda San Martín quien fue de opinión de revocar, en lo apelado la sentencia en alzada y conceder al sentenciado Tardón Sepúlveda la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, pues de las tres condenas que registra el sentenciado en su extracto de filiación, en dos de ellas se le concedieron penas sustitutivas, con el afán de reinserción social, mismo que ha de inspirar el presente juzgamiento, aportando al condenado, desde la intervención individual en el medio libre, herramientas para avanzar en el proceso de desistimiento delictivo y disminuir así el riesgo de comisión de nuevos delitos. Regístrese, comuníquese en la audiencia fijada al efecto y devuélvase. Redactó la ministra Valentina Salvo Oviedo y el voto en contra su autor. ROL N°Penal-1396-2022
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, en lo concerniente al cumplimiento de la pena impuesta y se tiene además, presente: PRIMERO: Que, la defensa de Cristian Tardón Sepúlveda ha interpuesto recurso de apelación en contra de la sentencia dictada el catorce de octubre pasado, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Pena
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