SIN INFORMACION

COURBIS/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA

Rol

Fecha

16 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 23 de agosto de 2022, comparecen los abogada doña María José Padilla Salinas y Felipe Orlando Navarrete Rojas, en representación de doña Elena del Carmen Courbis Urbina, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, en razón del acto que estiman arbitrario e ilegal consistente en el Ord. N° 1281, de 22 de marzo de 2022, mediante el cual se informa que ha sido necesario suspender la tramitación de la Posesión Efectiva N° 14.049, de doña Laura Guillermina Urbina Aguilera, a la espera de la presentación de antecedentes que funden el parentesco entre la solicitante y la causante. Expone que lo anterior fue comunicado de acuerdo a la Resolución Exenta PE N° 16.647, de 14 de marzo de 2022, que ordenó la suspensión del procedimiento, ordenando acompañar los documentos indicados, consistentes en inscripción de matrimonio y defunción de los ascendientes comunes, padres de Laura y Felipe Urbina Aguilera, toda vez que en sus base de datos no se encontraron tales antecedentes. Califica de insólito lo referido, pues el mandato legal de esa institución radica en formar y mantener actualizados, entre otros, los registros de nacimiento, matrimonio y defunción, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.477, dejando constancia de los hechos y actos jurídicos que los modifiquen, complementen o cancelen, no siendo obligación del usuario proporcionar esa información. Da cuenta que frente a lo indicado y no contando con esa documentación, el 1 de abril de 2022 solicitaron la producción de las partidas de nacimiento de Felipe Osvaldo y Laura Guillermina, ambos Urbina Aguilera, inscritos en la oficina de Peumo, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, informándole el funcionario a cargo de la petición que la documentación estaría disponible de 30 a 40 días hábiles. Se les señaló que la documentación de Laura Urbina no constaba en sus registros inmediatos y que

Fundamentos

fundamentos y en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de doña Elena del Carmen Courbis Urbina, en contra de la Dirección Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, Región Metropolitana de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-101425-2022.

Fallo

por tanto, carece de ascendientes, hermanos o colaterales a quienes suceder. Cita extensamente la normativa que establecía el reconocimiento de hijos no matrimoniales, regulada en el Código Civil hasta la entrada en vigencia de la Ley N° 10.271 y las modificaciones introducidas por la Ley N° 19.585, que eliminó las diferencias entre hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio, resaltando que el reconocimiento expreso o tácito, voluntario o forzado sigue siendo necesario para establecer el vínculo entre un individuo y su descendiente, denominado filiación, siendo distinto al estado civil. Concluye que en virtud de las partidas tenidas a la vista y su base de datos, no fue posible determinar la filiación de hermanos entre Felipe Osvaldo Urbina Aguilera y Laura Guillermina Urbina Aguilera. Se refiere a la normativa que regula sus funciones, para argumentar que no incurrió en acto ilegal o arbitrario alguno al declarar el abandono de la solicitud; y descarta haber incurrido en alguna vulneración a la igualdad ante la ley, o al derecho de propiedad. Tercero: Que por resolución de 19 de enero de 2023, se solicitó a la recurrida remitir los antecedentes respecto del estado de tramitación de la solicitud ingresada el 6 de septiembre de 2022. En cumplimiento a lo anterior, el Servicio de Registro Civil e Identificación dio cuenta que esa solicitud fue concedida por Resolución Exenta N° 95.813, de 28 de noviembre de 2022, en favor de las seis personas que indica, entre las que se

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 23 de agosto de 2022, comparecen los abogada doña María José Padilla Salinas y Felipe Orlando Navarrete Rojas, en representación de doña Elena del Carmen Courbis Urbina, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica