BORDONES/GAJARDO. (ACUM. 921-2022/CIVIL)
Rol
Fecha
16 de febrero de 2023
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
DEISITIDA/CONFIRMADA C. COSTAS
Hechos
VISTO: Atendido lo expuesto en estrados por la abogada de la parte demandante doña Blanca Rebolledo Gajardo, téngase por desistida a la recurrente del recurso de apelación deducido en contra de la resolución datada con fecha doce de agosto de dos mil veintiuno, escrita a folio N°46, pronunciada en causa Rol C-23-2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Curepto. Respecto al Rol 921-2022 Civil: VISTO: Se reproduce el fallo en alzada. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 144, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada de 13 de mayo de 2022, inserta en causa Rol C-23-2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Curepto, en cuanto acoge la demanda y no condena en costas de primer grado. Sin perjuicio de lo anterior,
Fundamentos
considerando que compareció a la vista del recurso la abogada de la demandante, no así la defensa de la demandada apelante, se condena a esta última parte a las costas de lo actuado en segunda instancia. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. Rol 1-2022 Civil (Acumuladas Rol 921-2022 Civil).
Fallo
fallo en alzada. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 144, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada de 13 de mayo de 2022, inserta en causa Rol C-23-2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Curepto, en cuanto acoge la demanda y no condena en costas de primer grado. Sin perjuicio de lo anterior, considerando que compareció a la vista del recurso la abogada de la demandante, no así la defensa de la demandada apelante, se condena a esta última parte a las costas de lo actuado en segunda instancia. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. Rol 1-2022 Civil (Acumuladas Rol 921-2022 Civil).
Texto Completo (Preview)
Talca, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. Resolviendo el ingreso Rol 1-2022 Civil: VISTO: Atendido lo expuesto en estrados por la abogada de la parte demandante doña Blanca Rebolledo Gajardo, téngase por desistida a la recurrente del recurso de apelación deducido en contra de la resolución datada con fecha doce de agosto de dos mil veintiuno, escrita a folio N°46, pronunciada en causa Ro
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