SIN INFORMACION

ABATTE/BANCO DE CHILE

Rol

Fecha

16 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que el abogado Javier González Riobó, en representación de Sebastián Alejandro Abatte Mayol, interpone acción de protección contra el Banco de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el cierre de la cuenta corriente N°1800433203 de la que es titular, lo cual infringiría la garantía del numeral 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el recurrente es cuentacorrentista de Banco de Chile en calidad de persona natural hace más de 8 años, además, que tuvo la calidad de socio y representante legal de la empresa Servicio y Automotora Servi Point Limitada, el cual ha caído en mora en un crédito solicitado al Banco recurrido. En el mes de junio de 2021 el actor informó al banco que ya no era parte de la sociedad señalada, dejando de ser socio y representante legal de la misma, y que no es deudor del banco en cuanto como persona natural. Sin embargo, el 9 de junio de 2021, el recurrente se percató que se cerró su cuenta corriente, por lo que se comunicó con su ejecutivo, quien le ratificó lo anterior, dando como argumento el incumplimiento de pago por los créditos vigentes formalizados por el actor en su calidad de representante legal de la empresa Servicio y Automotora Servi Point Limitada. Esta información demuestra que la calidad de morosa la tiene la empresa y no el recurrente como persona natural. Hace al DFL N°707 de 21 de junio de 1982 y a ley 19.496, no estando el recurrente en la hipótesis del artículo 6 del primer cuerpo normativo, esto es el cierre por no tener movimientos en dos trimestres. Por lo que se trata de un acto arbitrario e ilegal, atendido que al cerrar de forma unilateral la cuenta corriente personal del actor, sin aviso previo, invocando deudas de un tercero, ha infringido el derecho de propiedad del que el recurrente tiene sobre el dominio y demás derechos sobre su cuenta corriente en comento, además de las tarjetas de créditos y débito, demás obligaciones y deberes qu

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido en representación de Sebastián Alejandro Abatte Mayol contra el Banco de Chile. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Protección-35560-2021. Pronunciada por la Séptima Sala, integrada por el Ministro señora Elsa Barrientos Guerrero, los Ministros (S) señora Lidia Poza Matus y señora Viviana Loreto Ibarra Mendoza. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede. � PINOCHET C., Francisco (Santiago, 2020) “El Recurso de Protección. Estudio Profundizado” (Ediciones Jurídicas) � HENRÍQUEZ V., Myriam (Santiago, 2020) “Acción de Protección” (Ediciones DER)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. A los folios N° 35 y 36: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el abogado Javier González Riobó, en representación de Sebastián Alejandro Abatte Mayol, interpone acción de protección contra el Banco de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el cierre de la cuenta corriente N°1800433203 de

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