ROJAS/CASTILLO
Rol
Fecha
16 de febrero de 2023
Materia
INFRACCIÓN LEY DE TRÁNSITO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con las siguientes modificaciones: a) En el
Fundamentos
considerando séptimo, se elimina desde la oración que comienza con “Respecto de la declaración de los testigos…” hasta el punto final. b) Se suprimen los considerandos octavos a décimo tercero. Y, se tiene en su lugar y, además presente: Primero: Que resulta ser un hecho pacífico que el querellante y demandante Alejandro Salomón Silva Castillo, el 11 de octubre de 2018, dejó estacionada su motocicleta marca Kawasaki, modelo Ninja 250, color negro, año 2012, Patente JS-232 frente al acceso peatonal de la tienda Falabella ubicada en el Portal La Dehesa, el que fue impactado por un vehículo Station Wagon, que luego se retiró del lugar. Entonces, la controversia radica en determinar la participación y responsabilidad del vehículo marca Audi, color negro, Patente LW-3107 de propiedad de doña Maribel del Pilar Rojas Aros en el accidente de tránsito. Segundo: Que, en orden a acreditar sus asertos, la querellante se valió de la declaración del testigo, Leonardo Céspedes Castillo, quien refiere que el accidente ocurrió a mediados del año 2018, en el estacionamiento del Portal La Dehesa entre una camioneta Audi de color negro y una moto negra, expone que él se encontraba en el acceso del personal de Falabella y que el vehículo ingresó estacionándose donde estaba la moto, marcha atrás, impactando la moto y arrastrándola unos dos metros. Indica que avisó a seguridad. Tercero: Que, ponderado dicho antecedente probatorio, de acuerdo a las reglas de la sana crítica, éste no permite determinar de manera cierta la participación del vehículo de la querellada en la colisión. En efecto, el testigo no indica cómo ni quien obtuvo la patente del vehículo en cuestión, sin que exista en autos un antecedente objetivo que permita atribuir a la demandada participación en los hechos. En nada altera lo concluido el Acta de 19 de agosto de 2019, por la cual se efectuó una inspección a una grabación remitida por el centro comercial al estacionamiento, desde que en primer término se refiere a una fecha diversa a aquella en que el querellante indica se verificó el accidente, 15 de octubre de 2018 y no 11 del mismo mes y año y tampoco, se observa en la filmación la patente del automóvil causante del accidente. Cuarto: Que, así las cosas, se impone el rechazo de la querella infraccional deducida, absolviéndose a la propietaria del vehículo marca Audi, PPU LW 3107. Quinto: Que finalmente, al no haberse establecido la responsabilidad infraccional de Maribel Rojas Aros, corresponde desestimar la demanda civil de indemnización de perjuicios enarbolada en su contra.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley N° 18.287 y 186 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Se revoca, la sentencia de diecinueve de junio de dos mil veinte, escrita a fojas 58 y siguientes en cuanto por ella se condena a Maribel Rojas Aros al pago de una multa de 1.5 unidades tributarias mensuales, por haber infringido los artículos 108 y 115 de la Ley 18.290, y se le absuelve del denuncio de fojas 1. II.- Atendido lo decidido precedentemente, se rechaza la demanda civil de indemnización de perjuicios formulada por Alejandro Salomón Silva Castillo sin costas. Regístrese y devuélvase. N° 1780-2020 – Policía Local. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con las ministros Carolina Vásquez Acevedo, Claudia Lazen Manzur y Carmen Gloria Escanilla Pérez.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Pablo Aguilar por el recurso. Santiago, 16 de febrero de 2023. Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. Al escrito folio N°7: Téngase presente y a sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con las siguientes modificaciones: a) En el considerando séptimo, se elimina desde la oración que comienza con “Respec
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