WILL S.A/MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rol
Fecha
16 de febrero de 2023
Materia
OTRAS MATERIAS
Resultado
CONFIRMADA (FALLO DEL ACUERDO)
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que WILL S.A., sociedad concesionaria de servicio público de telecomunicaciones, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de dieciocho de noviembre de dos mil veinte, dictada por doña Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones a esa fecha, por medio de la cual la sancionó con el pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a la cantidad de 800 UTM en su equivalente en moneda de curso legal, por no dar cumplimiento al momento de la fiscalización con el imperativo de suministrar a la localidad obligatoria denominada “Las Vegas”, comuna de Diego de Almagro, Región de Atacama, el servicio público de telefonía móvil y de trasmisión de datos con acceso a internet. Solicita se revoque la sentencia recurrida en todas sus partes o, en subsidio, se le sancione con una amonestación dejando sin efecto la multa, o rebaje la multa al mínimo legal o al monto que esta Corte estime pertinente. Segundo: Que se debe tener presente que la sanción impuesta a la recurrente lo ha sido por un cargo único, esto es, por no dar cumplimiento al momento de la fiscalización con el imperativo de suministrar a la localidad obligatoria denominada “Las Vegas” Cod. Id. 03-003, ubicada en la comuna de Diego de Almagro, Región de Atacama, el servicio público de telefonía móvil y de trasmisión de datos con acceso a internet, vulnerando con esto, lo dispuesto en los artículos 2° y 13° C de la Ley N° 18.168, General de Comunicaciones, en relación con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 4°, 40°, 41° y 42° de las Bases del Concurso público para otorgar concesiones de Servicio Público de Transmisión de Datos en las bandas de frecuencia 713-748 MHz y 768-803 MHz. Tercero: Que conforme al mérito de los antecedentes que obran en autos se ha constatado el hecho infraccional, especialmente con el informe técnico SGF N° 29.688/F20-F37, elaborado por la División Fiscalización de la Subsecretaría de Comunicaci
Fundamentos
fundamentos 2°, 14°, 15°, 19° 20° y 23° del
Fallo
fallo impugnado, por lo que se estima proporcional la sanción de 800 UTM aplicada y por tanto será confirmada. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 36 A de la Ley N°18.168 y 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de dieciocho de noviembre de dos mil veinte, dictada por doña Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones a esa fecha, escrita fojas 128 y siguientes. Devuélvase, regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción de la ministra (S) señora Villegas Pavlich. Nº Civil-17.956-2022.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que WILL S.A., sociedad concesionaria de servicio público de telecomunicaciones, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de dieciocho de noviembre de dos mil veinte, dictada por doña Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones a esa fecha, por medio de l
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