SIN INFORMACION

YS SPULER SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VITACURA

Rol

Fecha

16 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA (FALLO DEL ACUERDO)

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que YS Spuler SpA, representada por Yuri Spuler Pérez, empresario, domiciliados ambos en calle Ferrari N° 190, comuna de Lo Espejo, deducen reclamo de ilegalidad conforme al artículo 151 de la ley 18.695 en contra del Decreto Alcaldicio (en adelante “DA”) sección 1ª N° 11/740 de 28 de abril de 2022, que dispuso el término anticipado del contrato celebrado entre las partes el 7 de abril de 2021 para la ejecución del servicio de demarcación y borrado vial de la comuna de Vitacura, como asimismo en contra del ordinario TESMU 443 de 3 de mayo de 2022. Funda su acción en los siguientes antecedentes: 1.- Mediante DA sección 1ª N° 2/455 de 25 de marzo de 2021, la municipalidad de Vitacura adjudicó a YS Ingeniería y Construcción EIRL la propuesta pública “Servicio de Demarcación y Borrado Vial, comuna de Vitacura”, suscribiéndose el contrato el 7 de abril de 2021, aprobado mediante DA sección 1ª N° 4/665 de 5 de mayo de 2021. Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato se emitió y entregó al municipio una póliza de garantía que lleva el N° 16-000000058070 vigente desde el 30 de marzo de 2021 al 30 de julio de 2025, por un monto de 2000 unidades de fomento. El 27 de septiembre de 2021 se suscribió una modificación contractual sólo en cuanto se consignó que su parte, YS Spuler SpA, es la continuadora de la adjudicataria. 2.- El 5 de mayo de 2022 se recibió un correo de doña Bernardita Guerrero, funcionaria de HDI Seguros, quien señaló a su parte que la municipalidad reclamada envió a esa aseguradora el cobro de la póliza aludida, adjuntando el DA sección 1ª N° 11/740 de 28 de abril de 2022, por el que el municipio puso término anticipado al contrato por incumplimiento grave de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior motivó que su parte ingresara a la municipalidad un reclamo de ilegalidad, respecto del cual la alcaldesa no emitió pronunciamiento alguno. 3.- La primera ilegalidad que denuncia consiste en que su parte no fue notif

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que YS Spuler SpA, representada por Yuri Spuler Pérez, empresario, domiciliados ambos en calle Ferrari N° 190, comuna de Lo Espejo, deducen reclamo de ilegalidad conforme al artículo 151 de la ley 18.695 en contra del Decreto Alcaldicio (en adelante “DA”) sección 1ª N° 11/740 de 28 de abril de 2022, que dispuso

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