M.P C/ ALEX ANDRES RIFFO RIFFO
Rol
Fecha
16 de febrero de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que en el actual estado procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se ha formalizado investigación y la participación del imputado en el mismo. Además, en cuanto a la letra c) del mismo artículo, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad en atención a la naturaleza, gravedad de las penas asignadas al ilícito materia de la formalización, y por presentar condenas anteriores por delitos de similar naturaleza. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de diez de febrero del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Alex Andrés Riffo Riffo. Devuélvase. N° 407-2023-Penal
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San Miguel, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. Segunda Sala Zoom Rol: 407-2023-PENAL RUC: 2300156717-9 RIT: 1086-2023 Tribunal: JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Jorge Amigo Contreras Ministerio Público: Rodrigo Peña Sepúlveda Defensor: Tamara Candía Benavides Imputado: Alex Andrés Riffo Riffo Tipo de recurso: Apelación-cautelar Delito: Robo con intimidación Escritos res
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