COMPAÑIA MADERERA SAN PEDRO LIMITADA CON FORESTAL TRES ROBLES SPA (S)
Rol
33474-2019
Fecha
28 de diciembre de 2021
Materia
Civil
Resultado
ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)
Hechos
VISTO: En estos autos tramitados ante el Tercer Juzgado Civil de Concepción, rol C-33474-2019, caratulados “Compañía Maderera San Pedro Limitada con Forestal Tres Robles SpA”, por sentencia de veintiséis de febrero de dos mil diecinueve se acogió la demanda que condenó al demandado a la restitución de los bienes objeto del contrato y al pago del precio de las rentas de arrendamiento, sin costas. La demandada apeló de dicho fallo y una Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, por sentencia de veintidós de octubre de dos mil diecinueve, confirmó la decisión. Contra esta última sentencia recurre la demandada de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que la recurrente sostiene que en la sentencia impugnada se ha infringido el artículo 111 del Código de Comercio y los artículos 1560, 1563,1564 y 1546 del Código Civil y 11 del Decreto Ley Nº 99. Afirma que durante la ejecución del contrato de arrendamiento se pagó el precio de las rentas fuera del plazo estipulado en el contrato, lo que ha configurado una modificación tácita a la cláusula tercera en razón de la aplicación práctica que los contratantes hicieron de ella, por lo que la Corte debió proceder al rechazo de la acción, al encontrarse pagado el precio de las rentas. Indica que a la fecha de envío de la carta de término del contrato no existía incumplimiento, siendo improcedente por lo mismo la ocurrencia del pacto comisorio invocado, además de no haberse cumplido por la actora con la obligación de reconvenir al deudor. SEGUNDO: Que para una acertada resolución del recurso de nulidad sustancial resulta conveniente dejar constancia de las siguientes actuaciones del proceso: 1.- Comparece Maderera San Pedro Limitada y deduce demanda de restitución de bien inmueble y del aserradero industrial allí instalado contra Forestal Tres Robles SpA. Señala que dio en arrendamiento con opción de compra con fecha 19 de marzo de 2014 el inmueble denominado Lote
Fallo
fallo y una Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, por sentencia de veintidós de octubre de dos mil diecinueve, confirmó la decisión. Contra esta última sentencia recurre la demandada de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que la recurrente sostiene que en la sentencia impugnada se ha infringido el artículo 111 del Código de Comercio y los artículos 1560, 1563,1564 y 1546 del Código Civil y 11 del Decreto Ley Nº 99. Afirma que durante la ejecución del contrato de arrendamiento se pagó el precio de las rentas fuera del plazo estipulado en el contrato, lo que ha configurado una modificación tácita a la cláusula tercera en razón de la aplicación práctica que los contratantes hicieron de ella, por lo que la Corte debió proceder al rechazo de la acción, al encontrarse pagado el precio de las rentas. Indica que a la fecha de envío de la carta de término del contrato no existía incumplimiento, siendo improcedente por lo mismo la ocurrencia del pacto comisorio invocado, además de no haberse cumplido por la actora con la obligación de reconvenir al deudor. SEGUNDO: Que para una acertada resolución del recurso de nulidad sustancial resulta conveniente dejar constancia de las siguientes actuaciones del proceso: 1.- Comparece Maderera San Pedro Limitada y deduce demanda de restitución de bien inmueble y del aserradero industrial allí instalado contra Forestal Tres Robles SpA. Señala que dio en arrendamiento con opc
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Santiago, veintiocho de diciembre de dos mil veintiuno. Al folio N° 57874: estese al mérito de autos. VISTO: En estos autos tramitados ante el Tercer Juzgado Civil de Concepción, rol C-33474-2019, caratulados “Compañía Maderera San Pedro Limitada con Forestal Tres Robles SpA”, por sentencia de veintiséis de febrero de dos mil diecinueve se acogió la demanda que condenó al demandado a la restituc
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