C.A. de Santiago

SANCHEZ BAÑEZ ARMELINDA Y OTROS CONTRA MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

92451-2021

Fecha

27 de diciembre de 2021

Materia

Criminal

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos y teniendo además presente: Que la tramitación de la visa de responsabilidad democrática solicitada por los recurrentes debe ceñirse a la legislación vigente a la fecha de presentación de la solicitud respectiva, se confirma la sentencia apelada de veintitrés de noviembre dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 5.045-2021, con declaración que los requisitos que se exijan los recurrentes para el otorgamiento del visado que han solicitado, deben ser aquellos que se encontraban en vigencia a la fecha de sus peticiones, que datan del 9 de agosto de 2019, debiendo ser citados al Consulado de Chile en Lima, dentro de plazo de 30 días, indicándoseles, previamente, toda la documentación que deberán acompañar. Regístrese, comuníquese y devuélvase N° 92.451-2021.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintiuno. Al escrito folio 173701-2021: téngase presente. Vistos y teniendo además presente: Que la tramitación de la visa de responsabilidad democrática solicitada por los recurrentes debe ceñirse a la legislación vigente a la fecha de presentación de la solicitud respectiva, se confirma la sentencia apelada de veintitrés de noviembre dos mil veint

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