CORREA PEREZ RAUL CON VÁSQUEZ REINOSO CRISTIAN (S)
Rol
138487-2020
Fecha
27 de diciembre de 2021
Materia
Civil
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de sus
Fundamentos
motivos noveno y décimo. Y se tiene en su lugar y además presente: Los razonamientos desarrollados en los basamentos cuarto a séptimo del
Fallo
fallo de nulidad, que se dan por reproducidos y, asimismo: 1.- Que con el mérito de la inscripción de dominio y la escritura pública de compraventa en remate, aunados al certificado de avalúo fiscal y consulta de antecedentes de bien raíz ante el Servicio de Impuestos Internos, es posible dar por establecido que el demandante es dueño del inmueble ubicado en Avenida Los Carrera 0549, comuna de Quilpué, cuya numeración domiciliaria actual corresponde a Avenida Los Carrera 0533 casa F, de la misma comuna. Tal conclusión resulta además del todo concordante con las restantes probanzas aparejadas a los autos, dado que los testigos deponen, de manera conteste, que la vivienda ubicada en Avenida Los Carrera 0533, comuna de Quilpué, es de propiedad del actor y en ella reside actualmente el demandado; misma circunstancia que reconoce el propio demandado en su contestación, quién no controvierte la propiedad del bien raíz, aunque atribuye un cariz jurídico distinto a la ocupación que hace del inmueble ya referido. Lo anterior se ve también ve refrendado con el mérito de la certificación del receptor judicial Sergio Arriagada Vidal, quien deja constancia de que el demandado reside en el domicilio ubicado en Avenida Los Carrera 0533 casa F, Quilpué. 2.- Que habiéndose acreditado el dominio del actor sobre el inmueble reclamado y su ocupación por parte del demandado, éste no comprobó contar con un título oponible a aquélla que justifique su tenencia. 3.- Que, en consecuencia, concurren
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintiuno. En cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de sus motivos noveno y décimo. Y se tiene en su lugar y además presente: Los razonamientos desarrollados en los basamentos cuarto a séptimo del fa
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