SIN INFORMACION

GONZALEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

17 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: Con fecha 6 de diciembre de 2022 se recurre de protección en favor de los ciudadanos venezolanos Nairoby Zulgey Figueredo Peña y de su hijo menor de edad Alejandro Miguel González Figueredo contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre las visas de permanencia definitiva que solicitaron en el mes de abril de 2021, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicita ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. Con fecha 30 de enero de 2023 la recurrida informó que ambas solicitudes están en etapa de análisis I. Con fecha 3 de febrero de 2023, en cumplimiento del trámite ordenado en folio 13, el abogado compareciente adjuntó copia apostillada de acta de nacimiento del menor de edad recurrente en estos autos. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de las solicitudes de permanencia definitiva presentadas por los recurrentes. Segundo: Que, por su parte, la recurrida informó que las solicitudes de residencia definitiva se encuentran en trámite. Tercero: Que del mérito de los antecedentes y de conformidad con lo informado por la recurrida, se advierte que las solicitudes de los ciudadanos extranjeros están en trámite, existiendo una dilación excesiva en su tramitación -si se considera su fecha de inicio-, lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de las visas de permanencia definitiva requeridas por los recurrentes, en relación con otros interesados que actualmente se encuentran en la misma situación, razones por las cuales se acogerá la presente acción.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Nairoby Zulgey Figueredo Peña y Alejandro Miguel González Figueredo, sólo en cuanto el Servicio Nacional de Migraciones deberá pronunciarse sobre las solicitudes de permanencia definitiva en atención al estado de su tramitación, dictando al efecto las resoluciones que correspondan dentro del término de 60 días hábiles, contado desde que la presente sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-171050-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 6 de diciembre de 2022 se recurre de protección en favor de los ciudadanos venezolanos Nairoby Zulgey Figueredo Peña y de su hijo menor de edad Alejandro Miguel González Figueredo contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre las visas de permanenci

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