CORREA PEREZ RAUL CON VÁSQUEZ REINOSO CRISTIAN (S)
Rol
138487-2020
Fecha
27 de diciembre de 2021
Materia
Civil
Resultado
ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)
Hechos
VISTO: En este juicio sumario sobre acción de precario, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Quilpué bajo el rol C-2918-2019, caratulado “Correa con Vásquez”, mediante sentencia de doce de junio de dos mil veinte se rechazó la demanda, sin costas. El fallo fue apelado por la parte demandante y una sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en sentencia de diecinueve de octubre del mismo año, lo confirmó. En contra de este último pronunciamiento, la misma parte deduce recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente, fundamentando su solicitud de nulidad sustancial, expresa que en el
Fallo
fallo fue apelado por la parte demandante y una sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en sentencia de diecinueve de octubre del mismo año, lo confirmó. En contra de este último pronunciamiento, la misma parte deduce recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente, fundamentando su solicitud de nulidad sustancial, expresa que en el fallo cuestionado se infringen los artículos 1698, 1700, 1712 y 1713 del Código Civil y 342, 384, 426 y 427 del Código de Procedimiento Civil, pues asevera que con la prueba acompañada tanto en primera como en segunda instancia se acreditó de manera fehaciente que su parte es propietario del inmueble respecto del cuál se ejerce la acción de precario, y que solo hay una divergencia de numeración domiciliaria, pero el inmueble individualizado en la demanda -que es aquél en que se notificó al demandado- y el que consta en los títulos es el mismo, lo que resulta evidente al revisar el rol de avalúo del Servicio de Impuestos Internos y constatar que es el mismo. En particular, sostiene que los artículos 1700 del Código Civil y 342 del Código de Procedimiento Civil han sido quebrantados por cuanto con los documentos públicos otorgados con las exigencias legales -inscripción de dominio, copia autorizada de escritura pública de compraventa en remate y certificado de avalúo- se acredita de manera fehaciente que se trata del mismo inmueble. De igual modo, se contraviene el artículo 384
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Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO: En este juicio sumario sobre acción de precario, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Quilpué bajo el rol C-2918-2019, caratulado “Correa con Vásquez”, mediante sentencia de doce de junio de dos mil veinte se rechazó la demanda, sin costas. El fallo fue apelado por la parte demandante y una sala de la Corte de Apelaciones de
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