ÁVILA/SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES MUÑOZ ZENTENO LTDA
Rol
Fecha
16 de febrero de 2023
Materia
HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante con fecha treinta y uno de diciembre del año dos mil veintidós, en contra de la resolución de treinta de junio del mismo año. Comuníquese. N°Civil-2031-2023.mst
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante con fecha treinta y uno de diciembre del año dos mil veintidós, en contra de la resolución de treinta de junio del mismo año. Comuníquese. N°Civil-2031-2023.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley,
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