BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CORNEJO
Rol
Fecha
15 de febrero de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Con la cuenta del relator, el mérito de los antecedentes, estimándose pertinente la modificación propuesta por el ejecutado, dada la redacción del punto de prueba impugnado, y teniendo presente, además, lo establecido en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca en lo apelado la interlocutoria de prueba en alzada de dieciocho de noviembre de dos mil veintidós, escrita a folio 14 y en su lugar se declara que se hace lugar a la modificación propuesta por el ejecutado, quedando redactado el punto de prueba número uno de la siguiente forma: “1.- Efectividad de que el título ejecutivo cumple con los requisitos y/o condiciones establecidas por las leyes para que tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea en relación al demandado.” Se deja constancia que no firman los Ministros Titulares don Patricio Rondini Fernández-Dávila y doña Ivonne Avendaño Gómez no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa por encontrarse en comisión servicio y con permiso administrativo, respectivamente. Devuélvase. Rol Civil 107-2023.
Fallo
se declara que se hace lugar a la modificación propuesta por el ejecutado, quedando redactado el punto de prueba número uno de la siguiente forma: “1.- Efectividad de que el título ejecutivo cumple con los requisitos y/o condiciones establecidas por las leyes para que tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea en relación al demandado.” Se deja constancia que no firman los Ministros Titulares don Patricio Rondini Fernández-Dávila y doña Ivonne Avendaño Gómez no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa por encontrarse en comisión servicio y con permiso administrativo, respectivamente. Devuélvase. Rol Civil 107-2023.
Texto Completo (Preview)
.Puerto Montt, quince de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: Con la cuenta del relator, el mérito de los antecedentes, estimándose pertinente la modificación propuesta por el ejecutado, dada la redacción del punto de prueba impugnado, y teniendo presente, además, lo establecido en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca en lo apelado la interlocutoria de pru
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