CORTÉS/MUÑOZ
Rol
Fecha
15 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: Comparece don CHARLES LOLET CORTES CUEVAS, Cédula de Identidad Nro. 17.132.967-1, Ex – Sgto. 2do., del Escalafón de Orden y Seguridad del Personal de Nombramiento Institucional de Carabineros de Chile, domiciliado en calle Clodomiro Rozas N°1115, Población Carol Urzúa, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra del Prefecto de la Prefectura de Carabineros Antofagasta N°4, Coronel Sr. ALVARO MUÑOZ SEPULVEDA, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°434, de fecha 13 de abril de 2022 de la Prefectura de Carabineros de Antofagasta, a través de la cual se resolvió rectificar la Resolución Exenta N°392 de fecha 22 de marzo de 2019, en cuanto a la fecha en que se dispuso el retiro temporal de las filas de la institución del recurrente; conculcando las garantías constitucionales señaladas en el Art. 19° N° 2, 3 y 24 de la Constitución Política de la República. Informó la recurrida solicitando el rechazo de la acción. Informó, previa solicitud de oficio, la Contraloría General de la República al tenor de la acción Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción se funda en el actuar arbitrario e ilegal de la recurrida, consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°434, de fecha 13 de abril de 2022 de la Prefectura de Carabineros de Antofagasta, a través de la cual se resolvió rectificar la Resolución Exenta N°392 de fecha 22 de marzo de 2019, modificando la fecha en que se dispuso el retiro temporal de las filas de la institución del recurrente. Indica que con fecha 28 de noviembre de 2018 fue notificado de la Resolución Exenta N°3410, de fecha 28.11.2018, de la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile, documento a través del cual se dispuso “DECLARASE IMPOSIBILIDAD FISICA DEL SARGENTO 2º CORTES CUEVAS CHARLES LOLET Y PROPONE SU RETIRO TEMPORAL”. Respecto de dicha resolución, dedujo recurso de reposición en tiempo y forma, y continuó prestando sus servicios a la espera de la resolución final. Luego, con fecha 21 de marzo de 2019, es notificado de la Resolución Exenta N°362, de fecha 20.03.2019, de la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile, que resolvió el Recurso de Reposición disponiéndose: “MANTIENESE A FIRME DECLARACION DE IMPOSIBILIDAD FISICA Y PROPOSICION DE RETIRO TEMPORAL (DE LA) SARGENTO 2º CORTES CUEVAS CHARLES LOLET”. Añade que con fecha 22 de marzo de 2019 se le notificó de la Resolución Exenta N°392, de fecha 22.03.2019, de la Prefectura de Carabineros Antofagasta, que resolvió en definitiva “DISPONE RETIRO TEMPORAL POR IMPOSIBILIDAD FISICA DE P.N.I. QUE SEÑALA”. Indica que en la letra A) de la referida resolución exenta, se dispone, en lo pertinente: “DISPONER el Retiro Temporal de las Filas de la Institución, por Circunstancias Obligadas, afecto a IMPOSIBILIDAD FÍSICA, del Sargento 2do. CHARLES LOLET CORTES CUEVAS, Código Funcionario N° 966450-H, Cédula de Identidad N° 17.132.967-1, de dotación de la Tercera Comisaría de Carabineros Antofagasta, de esta dependencia, a contar de las 00:00 horas del día siguiente al de su notificación”. En consecuencia, fue desvinculado de la institución a contar del 22 de marzo de 2019. Dice que con fecha 18 de marzo de 2022 remitió una solicitud al DEPARTAMENTO DE PENSIONES DE CARABINEROS DE CHILE, requiriendo la devolución de dinero de las Imposiciones cotizadas al Fondo de Desahucio por acreditar más de tres años de servicios efectivos en Carabineros de Chile. Y que con fecha 21 de abril de 2022 se le notificó de la Resolución Exenta N°434, de fecha 13 de abril de 2022, a través del cual se rectificó la Resolución Exenta N°392, particularmente la fecha en que se dispuso el retiro temporal de las filas de la institución, en los siguientes términos: “A) RECTIFICASE la letra A, de la parte resolutiva de la Resolución Exenta Nº 392 de fecha 22.03.2019, en el sentido que se “DISPONE RETIRO POR IMPOSIBILIDAD FISICA A P.N.I. QUE SEÑALA”, del Sargento 2º CHARLES LOLET CORTES CUEVAS, Código Funcionario N° 966450-H, Cédula de Identidad N° 17.132.967-1, de dotación de la 3º Comisaría de Antofagasta, de
Fallo
por tanto las remuneraciones percibidas a contar de noviembre de 2018 y hasta marzo de 2019, no fueron remuneraciones percibidas indebidamente, por cuanto fue separado de la institución recién con fecha 21 de marzo de 2019. Arguye que existen varias arbitrariedades, ilegalidades y contradicciones en la dictación de los diversos actos administrativos dictados por la recurrida, que han vulnerado el principio del debido proceso administrativo, siendo los cargos imprecisos e incompletos. Solicita, finalmente se acoja el recurso incoado, por cuanto es improcedente que se registre una deuda por reintegro de haberes mal percibidos del periodo 28/11/2018 al 21/03/2019, siendo que prestó servicios efectivos hasta el 21 de marzo de 2019. SEGUNDO: Que informó la Contraloría Regional de Antofagasta, quien hace presente que se encuentra impedida de intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, conforme lo dispuesto en el artículo 6 inciso tercero de la ley N°10.336. Sin perjuicio de lo anterior, señala que conforme los registros del Sistema de Tramitación de Documentos, no consta que el señor Cortés Cuevas haya ingresado alguna presentación sobre lo consultado. TERCERO: Que informó la Prefectura de Carabineros de Antofagasta, solicitando el rechazo del recurso. Señala que no existen registros de que el recurrente haya realizado alguna presentación o solicitud relacionada con la temática expuesta en su libelo. Precisa que los hechos que motivaron la
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Antofagasta, a quince de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece don CHARLES LOLET CORTES CUEVAS, Cédula de Identidad Nro. 17.132.967-1, Ex – Sgto. 2do., del Escalafón de Orden y Seguridad del Personal de Nombramiento Institucional de Carabineros de Chile, domiciliado en calle Clodomiro Rozas N°1115, Población Carol Urzúa, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra del Pre
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