SIN INFORMACION

RUBIO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

16 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece don Jaime Andrés Valck Heimpell, abogado, en nombre de doña Isbel del Carmen Rubio Marín, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva de fecha 14 de enero de 2021. Solicita en definitiva se acoja el presente recurso ordenando al recurrido que se pronuncie sobre su solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, con costas. A folio 11, evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones. Indica que fecha 14 de enero de 2021, el recurrente solicitó ante esta autoridad el beneficio de la residencia definitiva, mediante la solicitud ID N°17388470. La solicitud del recurrente se encuentra actualmente en trámite, en etapa de Análisis I. A folio 12, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Que, atendido el mérito de lo informado por la recurrida, se tendrá presente la fecha de inicio de tramitación señalada por la actora, lo que permite establecer que la solicitud de permanencia definitiva, se encuentra en trámite desde enero de 2021, por lo que ha existido una dilación excesiva en su tramitación, y,

Fallo

por tanto, implica una omisión ilegal que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República para ella, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, el recurso de protección deducido en favor de doña Isbel del Carmen Rubio Marín, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se ordena a la recurrida que deberá, dentro del plazo de sesenta días, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento como en derecho corresponda, sobre la solicitud presentada por la recurrente. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección 163150-2022.- En Valparaíso, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, comparece don Jaime Andrés Valck Heimpell, abogado, en nombre de doña Isbel del Carmen Rubio Marín, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva de fecha 14 de enero de

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