RENATO HAROLDO PARRA COLLINAO C/ JORGE ANDRES MACIAS PARRA
Rol
Fecha
15 de febrero de 2023
Materia
AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Habiendo oído a los intervinientes y sus argumentos, esta Corte por unanimidad de sus integrantes, compartiendo, por ahora, los
Fundamentos
fundamentos de Tribunal a quo, estimando adecuadas y proporcionales la medidas cautelares decretadas, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha siete de febrero de dos mil veintitrés, que no dio lugar a la solicitud de la querellante de decretar la media cautelar prevista en la letra i) del artículo 155 del Código Procesal Penal, respecto de los imputados JORGE ANDRES MACIAS PARRA, EDUARDO LEONEL GONZÁLEZ SEGUEL, GRENDA ESTHER LANAETA PARRA y ROSA ESTER PARRA EPULEF. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-143-2023. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, quince de febrero de dos mil veintitrés. Al folio 4: A lo principal y otrosí: téngase presente. VISTOS: Habiendo oído a los intervinientes y sus argumentos, esta Corte por unanimidad de sus integrantes, compartiendo, por ahora, los fundamentos de Tribunal a quo, estimando adecuadas y proporcionales la medidas cautelares decretadas, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha
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