GONZÁLEZ/ MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN
Rol
Fecha
15 de febrero de 2023
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En estos autos RIT O 203-2022, RUC 2240388503-0, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, caratulados “González Tapia, Ema Agustina con I. Municipalidad de San Ramón”, seguidos en procedimiento de aplicación general declarativo de relación laboral, despido ilegal y pago de prestaciones e indemnizaciones, por sentencia de diecisiete de octubre del año pasado se rechazó la demanda en todas sus partes, con costas. La demandante recurre de nulidad en contra de ese fallo, invocando, de manera principal, la causal del artículo 478, letra e), del Código del Trabajo y, a modo subsidiario, las causales de los artículos 478, letra c), y 477, en la hipótesis de infracción de ley, ambas también del ordenamiento laboral. Pide que se anule la sentencia recurrida y se dicte otra de reemplazo que haga lugar íntegramente a la demanda, en los términos que señala. Por resolución de 23 de noviembre último el recurso fue declarado admisible y el 9 de febrero del actual se procedió a su vista, oportunidad en que se escucharon los alegatos de los apoderados de ambos litigantes. Oídas las partes y
Fundamentos
considerando: 1º) El recurso de nulidad laboral tiene la particularidad de ser un arbitrio procesal dirigido, según sea la causal que lo sustente, a velar por el respeto a las garantías y derechos fundamentales, o bien, conseguir sentencias ajustadas a la ley. Se trata de un recurso extraordinario, atendida la excepcionalidad de los presupuestos que configuran cada una de las causales previstas en los artículos 477 y 478 del código del ramo; característica que restringe el ámbito de revisión que tiene asignado el tribunal superior, en comparación al grado de conocimiento que es propio de la instancia. Estas particularidades se traducen, además, en el deber que pesa sobre el recurrente de precisar con rigurosidad los fundamentos de las causales que invoca, como asimismo, su incidencia en lo dispositivo y las peticiones que efectúa; I. Causal del artículo 478, letra e) del Código del Trabajo. Omisión de análisis de prueba 2º) Por medio de esta primera y principal causal de nulidad, vinculada con lo dispuesto en el artículo 459, numeral 4, del Código del Trabajo, el recurrente sostiene que el
Fallo
fallo no contiene el análisis de toda la prueba rendida por su parte. Argumenta al efecto que incorporó prueba documental, testimonial y confesional y, además, solicitó la exhibición de determinados documentos destinados a acreditar la permanencia y generalidad de las labores ejecutadas y su habitualidad, la efectividad de la existencia de una jornada de trabajo, la sujeción al mando de uno de sus superiores y la obediencia laboral que a estos debía, entre otros; sin embargo -afirma-, en el considerando cuarto de la sentencia impugnada sólo se hace mención a los tipos de prueba ofrecida en la audiencia preparatoria, seguida de apreciaciones de derecho respecto de la materia objeto de la litis, con enunciaciones generales sobre la prueba, pero sin ponderación en relación con el contenido de la misma. La prueba documental y testimonial -dice el recurso- es de vital importancia para resolver correctamente, atendida la relevancia del principio de primacía de la realidad. A continuación, transcribe lo que estima más relevante de la instrumental de la actora, lo mismo que de la testimonial y de la exhibición documental, y asevera que el mérito de la primera y la declaración de doña Paola Aguilera contienen más información relevante que la considerada por la sentenciadora, particularmente, sobre las diversas funciones que debía cumplir la demandante, sujeción a órdenes e instrucciones de las jefaturas, cumplimiento de jornadas de trabajo, continuidad en la prestación de los servici
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14 San Miguel, quince de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: En estos autos RIT O 203-2022, RUC 2240388503-0, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, caratulados “González Tapia, Ema Agustina con I. Municipalidad de San Ramón”, seguidos en procedimiento de aplicación general declarativo de relación laboral, despido ilegal y pago de prestaciones e indemnizaciones, por sentencia de dieci
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