VEGA ALVAREZ CARLOS CONTRA GENDARMERIA DE CHILE
Rol
92218-2021
Fecha
23 de diciembre de 2021
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos cuarto y quinto que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: PRIMERO: Que no existe controversia en autos acerca de la agresión sufrida por el amparado en Centro de Cumplimiento Penitenciario de La Serena –a consecuencia de la cual resultó con lesiones graves, que lo mantienen hospitalizado-, recinto al que fue trasladado desde la cárcel de Alto Hospicio por razones netamente administrativas –descongestión de dicho penal-. SEGUNDO: Que no consta en autos que Gendarmería de Chile haya adoptado medida de seguridad alguna respecto del amparado, pese a que éste denunció haber recibido amenazas de parte de otros internos. De lo anterior, se colige que no existen garantías de que una vez que el recurrente sea dado de alta y regrese al Centro de Cumplimiento Penitenciario de La Serena, su seguridad individual sea resguardada por la repartición pública recurrida, motivo por el cual se acogerá su petición y se dejará sin efecto el traslado de que fue objeto, debiendo ser retornado al penal en el que se encontraba hasta antes de la dictación de la resolución de traslado. TERCERO: Que, por lo demás, la medida adoptada a su respecto por Gendarmería de Chile afecta su derecho a defensa, en cuanto –al ser enviado a un penal distante a casi mil kilómetros de su ciudad de residencia- se le impide mantener la debida comunicación con su abogado defensor, infringiendo con ello lo preceptuado en el artículo 44 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, precepto que dispone que las comunicaciones entre el privado de libertad y su letrado no pueden suspenderse salvo que exista causa legal para ello. Y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta fundamental, se revoca la sentencia apelada de veinte de noviembre dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, en el Ingreso Corte N° 422-2021, y en su lugar
Fallo
se resuelve que se deja sin efecto la Resolución N° 4654, de 14 de septiembre de 2021, dictada por el Departamento de Control Penitenciario de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, por medio de la que dispuso el traslado del amparo al Centro de Cumplimiento Penitenciario de La Serena, debiendo el amparado Vega Alvarez ser trasladado a la brevedad posible al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Alto Hospicio, resguardándose, en el intertanto, su integridad psíquica y física mediante la adopción de las medidas de seguridad pertinentes. Regístrese, comuníquese y devuélvase Rol N° 92.218-2021.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno. Al escrito folio 170711-2021: estese al mérito de autos. Al escrito folio 173032-2021: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos cuarto y quinto que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: PRIMERO: Que no existe controversia en autos acerca de la agresión sufrida
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