ORTEGA MALDONADO IRINA /FISCO DE CHILE ACUM. ING. CORTE 13550-2022 LTE
Rol
Fecha
15 de febrero de 2023
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
RECHAZADA - REVOCA
Hechos
Visto: En estos autos Rol N° C-4355-2021 del 14° Juzgado Civil de Santiago, de esta ciudad, caratulados “Ortega/Fisco de Chile”, por sentencia de veinticinco de julio de dos mil veintidós, el juez titular de dicho tribunal, condena al Fisco de Chile a pagar a Clara De Las Mercedes Maldonado Herrera, la cantidad de $10.000.000 y a doña Irina Jixie Ortega Maldonado, la suma de $5.000.000, con reajustes e intereses corrientes, sin costas. En contra de esta resolución, la abogada doña Ruth Israel López, por la demandada, dedujo recursos de casación en la forma y de apelación. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: I.- En Cuanto al Recurso de Casación en la Forma: Primero: Que, como causal de casación en la forma, la recurrente invoca el numeral 4° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “en haber sido dada ultra petita”. Expresa que el sentenciador se extendió a puntos no sometidos a su decisión, al conceder indemnización por daño moral en su carácter de víctima directa a Irina Jixie Ortega Maldonado, en circunstancias que ella no lo es, tal como se comprende de la lectura del libelo. Segundo: Que, para decidir si se configura el vicio de casación que se invoca, debe analizarse el contenido de la pretensión, como también la oposición o defensas del demandado, Fisco de Chile. En lo que respecta a la pretensión de las demandantes, ellas impetran indemnización de perjuicios por el daño moral sufrido causado por los crímenes perpetrados en su contra; por su parte, el demandado, en lo que respecta a Irina Jixie Ortega Maldonado, discute su calidad de víctima de violación a los derechos humanos, de manera propia, directa, calidad que invoca para demandar de acuerdo con el petitorio. Tercero: Que el recurso de casación reseñado será desechado, toda vez de conformidad a lo dispuesto en el artículo 768 inciso tercero del Código de Procedimiento Civil, el tribunal podrá desestimar este arbitrio si de los antecedentes aparece de manifiesto que el recurrente no ha sufrido un perjuicio reparable solo con la invalidación del
Fallo
fallo o cuando el vicio no ha influido en lo dispositivo del mismo. La primera hipótesis en referencia es precisamente la del caso que nos ocupa, por cuanto, el recurrente, junto con la casación en la forma, interpuso también apelación, por lo que al resolverse este último recurso que se sustenta, entre otros, sobre similar argumento a aquel que funda la impugnación de nulidad, el vicio formal podrá ser subsanado, lo que determina concluir que tal infracción no es de aquellas remediables únicamente con la invalidación del fallo, motivo bastante para desestimar el recurso de casación interpuesto. II.- En cuanto al Recurso de Apelación: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del motivo vigésimo octavo, prescindiéndose, también, en el considerando vigésimo tercero toda referencia a Irina Jixie Ortega Maldonado y el párrafo segundo del motivo trigésimo sexto. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Cuarto: Que el arbitrio se sustenta en la falta de legitimación de Irina Jixie Ortega Maldonado para demandar indemnización de perjuicios por el daño moral sufrido a causa de los crímenes perpetrados en su contra. Expone que la actora no se encuentra reconocida como víctima de prisión política y tortura ni por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Torturas (Comisión Valech I) ni por la Comisión Asesora Presidencial para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura (Comisión Valech), razón por l
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de febrero de dos mil veintitrés. Visto: En estos autos Rol N° C-4355-2021 del 14° Juzgado Civil de Santiago, de esta ciudad, caratulados “Ortega/Fisco de Chile”, por sentencia de veinticinco de julio de dos mil veintidós, el juez titular de dicho tribunal, condena al Fisco de Chile a pagar a Clara De Las Mercedes Maldonado Herrera, la cantidad de $10.000.000 y a
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