SIN INFORMACION

TOUSSAINT / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

15 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección, en favor de Monise Toussaint, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, presentada el 13 de agosto del 2020. Indica que, a la fecha, aún no obtiene respuesta final al acto administrativo, estimando que se está vulnerando el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Solicita se le entregue una inmediata respuesta y que se adopten las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho con costas. A folio 11, se prescinde del informe de la recurrida Servicio Nacional de Migraciones y se trajeron los autos en relación. A folio 13, se hace presente por la recurrida, que por medio de Comunicación Electrónica Folio N°20087666 de fecha 9 de noviembre de 2021, comunicó a la extranjera que su solicitud se encontraba incompleta y se le otorgó un plazo de 5 días hábiles, en cumplimiento con el artículo 31 de la Ley 19.880, para que subsane su solicitud, haciendo entrega de documentos adicionales (copia de visa estampada en su pasaporte o título de residencia). Asimismo, le informó que no se encontraba en circunstancias para que se le otorgara para permanencia definitiva. Agrega que se le indicó expresamente que, si no subsana dentro de plazo, se le tendría por desistido de su petición. Transcurrido el plazo mencionado, la recurrente no acompañó antecedentes adicionales, por lo tanto, con fecha 23 de diciembre de 2021, el Servicio Nacional de Migraciones hizo efectivo el apercibimiento del artículo 31 de la Ley 19.880, y tuvo por desistida la solicitud de permanencia definitiva, por medio de Resolución Exenta N°21515629. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Que, teniendo presente lo informado por la autoridad recurrida, no se ha acreditado en autos que se haya practicado en forma legal la notificación de la comunicación electrónica folio N° 20087666, de fecha 9 de noviembre de 2021, donde se le solicita al recurrente nuevos antecedentes, por lo que se acogerá la presente acción en los términos que se dirán. Y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Monise Toussaint, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se ordena a la recurrida notificar en forma legal la respectiva comunicación que ordena acompañar nuevos antecedentes, individualizándolos con precisión, concediendo a la actora un plazo prudencial, no menor a 60 días, para cumplir con lo ordenado, luego de lo cual deberá proseguir con el procedimiento administrativo en la forma que en derecho corresponda. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-172034-2022. En Valparaíso, quince de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso. Valparaíso, quince de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección, en favor de Monise Toussaint, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, presentada el 13 de agosto del 2020. Indica que, a la fecha, aún

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica