FLOR MARIA ESPINOZA ESPINOZA C/ PAULA ISABEL ARAVENA ORELLANA
Rol
93906-2021
Fecha
22 de diciembre de 2021
Materia
Reforma
Resultado
SE DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Talca que confirmó el sobreseimiento definitivo dictado por el Juez de Garantía de esa misma ciudad. 3° Que del tenor del libelo que contiene la queja en estudio, se constata que el recurrente no cuestiona propiamente las faltas o abusos en que pudiesen haber incurrido los ministros, desde que los
Fundamentos
fundamentos esenciales del recurso dicen relación con la disconformidad con lo resuelto por los recurridos; sin mayores fundamentos que permitan vislumbrar alguna situación que pueda ser materia de este arbitrio. 4° Que como se dijo, los jueces recurridos, procedieron a resolver en el sentido que lo hicieron, señalando las razones de hecho y jurídicas para ello, lo que de suyo no puede importar una falta o abuso grave, desde que lo que hicieron fue decidir la cuestión sometida a su conocimiento, valorando –labor privativa de los jueces- los antecedentes, así como interpretando los preceptos legales atingentes al caso, no existiendo por ese motivo, como se dijo, una falta o abuso que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario; lo que conlleva que este sea rechazado de plano. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto por Alfredo Villagra Sepúlveda en representación de la parte querellante doña Flor María Espinoza. Al primer otrosí; a sus antecedentes; al segundo y tercer otrosí; estese a lo resuelto, al cuarto otrosí; téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 93.906-2021
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Talca que confirmó el sobreseimiento definit
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