SIN INFORMACION

AMPARADO: JEAN PIERE FORCAEL RIVAS/RECURRIDO: GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

14 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece la abogada Macarena Concha Muñoz, a favor de JEAN PIERE FORCAEL RIVAS, sujeto a prisión preventiva en el C.C.P BioBio, módulo 54, y deduce acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile del C.C.P Biobío, por el incumplimiento y la omisión grave de Gendarmería en torno a la protección de la integridad del amparado quien ha sufrido grave atentado contra su integridad física y psíquica, poniendo en grave peligro su vida, siendo inclusive necesario que fuera trasladado de urgencias al Hospital Regional de Concepción, Guillermo Grant Benavente, en donde se encuentra actualmente internado estable y sin riesgo de vida. Indica que su representado fue formalizado en causa RIT 143-2023, RUC 2300070378-8, del Juzgado de Garantía de Talcahuano, el recién pasado 02 de febrero de 2023, junto a él fueron formalizados otras tres personas quienes quedaron todos sujetos a prisión preventiva, los delitos imputados corresponden al delito de Secuestro, Trafico de pequeñas cantidades, posesión, tenencia o porte de armas sujetas a control. Decretada la prisión preventiva, fue ingresado al CCP Bio Bio, específicamente al módulo 52 de dicho centro penitenciario, el mismo día de ingreso (03-02-2023), fue agredido de golpes de puño y pies por al menos 5 internos de quienes se desconoce su identidad, quedando con lesiones en el rostro y cuerpo, en atención a la agresión sufrida Gendarmería realiza un cambio de módulo asignando su ingreso al módulo 54, sin embargo es en este módulo donde se produce una nueva agresión por parte de al menos 6 internos, esta vez no sólo lo golpearon sino que además lo apuñalaron con armas corto punzantes en diferentes partes de cuerpo. Producida la tardía intervención de funcionarios de Gendarmería fue traslado hasta la enfermería del centro penitenciario y desde allí fue trasladado hasta el Hospital Regional de Concepción, Guillermo Grant Benavente, en horas de la madrugada del 03 de febrero del 2023, en donde se encuentra in

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que, el recurso de amparo que contempla el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es una acción por la cual una persona solicita tutela y protección a los tribunales superiores de justicia con respecto a las garantías constitucionales relativas a la libertad personal y a la seguridad individual, cuando ellas se ven perturbadas, amenazadas o conculcadas por un acto arbitrario o ilegal. 2°) Que, como también lo ha declarado nuestro máximo tribunal (sentencia de la Excma. Corte Suprema de 28 de diciembre de 2012, rol 2618-2012), conforme a la normativa que regula las funciones del servicio de Gendarmería de Chile, éste es responsable no sólo de la vigilancia de los internos sino que, además, debe velar por la integridad física de las personas que se encuentran privadas de libertad. En efecto, el artículo 1° del Decreto Ley 2.859, Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, dispone que "Gendarmería de Chile es un Servicio Público dependiente del Ministerio de Justicia, que tiene por finalidad atender, vigilar y contribuir a la reinserción social de las personas que por resolución de autoridades competentes, fueren detenidas o privadas de libertad y cumplir las demás funciones que le señale la ley". Por su parte, el artículo 3 señala que "corresponde a Gendarmería de Chile: a) dirigir todos los establecimientos penales del país, aplicando las normas previstas en el régimen penitenciario que señala la ley y velar por la seguridad interior de ellos"; y, e) "custodiar y atender a las personas privadas de libertad en las siguientes circunstancias: 1. mientras permanezcan en los establecimientos penales". El Reglamento de Establecimientos Penitenciarios establece, en su artículo 1, como fin primordial de la actividad penitenciaria, el velar por la atención, custodia y asistencia de los detenidos sujetos a prisión preventiva y condenados. El artículo 6° inciso 3 del señalado cuerpo reglamentario, establece que "la Administración Penitenciaria velará por la vida, integridad y salud de los internos". A su vez, su artículo 10, entre los principios conforme a los cuales se organizan los establecimientos penitenciarios, consagra, en su letra c), "la asistencia médica, religiosa, social, de instrucción y de trabajo y formación profesional, en condiciones que se asemejen en lo posible a las de la vida libre". Asimismo, en el Párrafo 2° del Título III, que trata en particular "de la atención médica de los internos", en su artículo 34, dispone que “los internos que requieran tratamiento y hospitalización serán atendidos en las unidades médicas que existan en el establecimiento penitenciario. En los establecimientos penitenciarios en que se ejecute un contrato de concesión, se estará además, a lo que establezca el respectivo contrato respecto de la atención médica”; y el artículo 35, en sus literales a) y b), establece que excepcionalmente el Director Regional de Gendarmería podrá autorizar la internación de penados en establecimient

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido por la abogada Macarena Concha Muñoz, en representación del imputado JEAN PIERE FORCAEL RIVAS. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Redacción de la Ministra Carola Rivas Vargas. N°Amparo-52-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, catorce de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece la abogada Macarena Concha Muñoz, a favor de JEAN PIERE FORCAEL RIVAS, sujeto a prisión preventiva en el C.C.P BioBio, módulo 54, y deduce acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile del C.C.P Biobío, por el incumplimiento y la omisión grave de Gendarmería en torno a la protección de l

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica