2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CARRILLO/ADMINISTRADORA DE RETAIL Y SERVICIOS S.A. **

Rol

Fecha

15 de febrero de 2023

Materia

PRESTACIONES

Resultado

DE FALLO

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Hechos

Vistos: Por sentencia de veinticinco de octubre de dos mil veintidós, dictada por don Gonzalo Figueroa Edwards, juez titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1638-2021, sobre tutela de derechos fundamentales con ocasión de despido y cobro de prestaciones y demanda subsidiaria de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por doña Maricela del Carmen Carrillo Córdova, en contra de Administradora de Retail y Servicios S.A; se acogió la denuncia interpuesta en lo principal, declarando que el despido fue vulneratorio y discriminatorio, condenando a la empresa a pagar la indemnización de 6 remuneraciones por el artículo 489, las indemnizaciones propias del despido, recargo del 50% y feriados que indica, con costas. Contra ese fallo la parte denunciada dedujo recurso de nulidad, haciendo valer tres causales, una en subsidio de la otra, correspondientes a: la del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, por omisión del requisito del artículo 459 Nº4; la causal del artículo 477 por infracción en la sentencia del artículo 160 Nº3; y la del artículo 478 letra b) del Código del ramo. Solicita el recurrente que, se dé lugar al recurso, sea por una u otra causal, anulando la sentencia y dictando una de reemplazo que declare el despido justificado y por consiguiente que se rechaza el pago de las indemnizaciones y recargos antes indicados, como asimismo declare que nada se adeuda por los días por concepto alguno, y por consiguiente rechace la demanda en todas sus partes, con costas (sic). Declarado admisible el recurso se procedió a su conocimiento en la audiencia del día 11 de enero último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: 1.- Primera causal: artículo 478 letra e) del Código del Trabajo Primero: Que la denunciada invoca como primera causal de nulidad la contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del ramo, aseverando que el

Fallo

fallo la parte denunciada dedujo recurso de nulidad, haciendo valer tres causales, una en subsidio de la otra, correspondientes a: la del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, por omisión del requisito del artículo 459 Nº4; la causal del artículo 477 por infracción en la sentencia del artículo 160 Nº3; y la del artículo 478 letra b) del Código del ramo. Solicita el recurrente que, se dé lugar al recurso, sea por una u otra causal, anulando la sentencia y dictando una de reemplazo que declare el despido justificado y por consiguiente que se rechaza el pago de las indemnizaciones y recargos antes indicados, como asimismo declare que nada se adeuda por los días por concepto alguno, y por consiguiente rechace la demanda en todas sus partes, con costas (sic). Declarado admisible el recurso se procedió a su conocimiento en la audiencia del día 11 de enero último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: 1.- Primera causal: artículo 478 letra e) del Código del Trabajo Primero: Que la denunciada invoca como primera causal de nulidad la contemplada en el artículo 478 letra e) del Código del ramo, aseverando que el fallo fue dictado con omisión del requisito contemplado en el artículo 459 Nº4, relativo al análisis de la prueba rendida en el juicio. Refiere que el juez no ha efectuado un completo análisis de la prueba presentada por las partes, haciendo presente -en primer término- que el demandante no habría presentado mayores probanzas y que

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: Por sentencia de veinticinco de octubre de dos mil veintidós, dictada por don Gonzalo Figueroa Edwards, juez titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1638-2021, sobre tutela de derechos fundamentales con ocasión de despido y cobro de prestaciones y demanda subsidiaria de despido in

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